Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 19º.- Para ser nombrado administrador no será necesaria la condición de socio. Su nombramiento se hará por laJunta General, por plazo indefinido, sin perjuicio de poderser cesados en cualquier momento, con los requisitos legales. Queda prohibido ocupar cargos es esta Sociedad a las.
T 466 , F 12, S 8, H LO 6928, I/A 2 (25.01.10).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 22 del Miércoles 3 de Febrero de 2010. Empresarios, Actos Inscritos.