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Por Esc. 512 del 14‑12‑2012, reg. 1671 CABA se resolvió: Reforma de la cláusula 3º del Contrato Social, quedando: “TERCERA: La sociedad tiene por objeto realizar por si o por terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: compraventa, importación, exportación, permuta, arrendamiento y explotación de toda clase de buques pesqueros y transporte de mercaderías relacionadas con su objeto, así como de su instrumental, equipos, herramientas y maquinarias de uso naval y pesquero, la explotación, extracción, conservación, congelamiento, elaboración, envasado, transformación y comercialización de pescados, mariscos, moluscos y demás productos y subproductos del mar. Para la prosecución del objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes autorizan.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 512 de fecha 14/12/2012 Mat. Nº 4090. María Alejandra Bulubasich Matricula: 4090 C.E.C.B.A. e. 07/01/2013 Nº 32/13 v. 07/01/2013
Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Lunes 7 de Enero de 2013
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