COMPAÑIA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. - 06/12/2012

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Se comunica que por escritura Nº 504 del 4/12/2012, pasada ante el Escribano Jorge Nicolás Ledesma, al Fº 1.745 del Registro Notarial Nº 189 de esta Capital, a su cargo, la sociedad “COMPAÑIA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.”, inscripta originariamente en el Registro Público de Comercio el 19/10/2001 bajo el Nº 14.310 del Libro 16, de Sociedades por Acciones; protocolizó las resoluciones de la Asamblea General Extraordinaria unánime del 30/10/2012, consistentes en la reforma del artículo tercero, modificando el objeto social, el cual quedó redactado de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: “La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:

a) La explotación, instalación y administración de establecimientos alimenticios en general, como ser: panaderías, confiterías, casas de lunch y cafeterías;

b) Fabricación, elaboración, compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, representación, permuta, distribución y cualquier otra forma de comercialización, adquisición o enajenación, al por mayor o menor, de toda clase de materias primas, productos alimenticios, bienes, maquinarias, mercaderías, equipos industriales y sus implementos, que estén relacionados con los rubros precitados;

c) celebrar contratos de licencia o franquicia para comercializar productos alimenticios; y explotar la concesión de edificios destinados a la comercialización de dichos productos;

d) Agropecuarias: La explotación, tanto en establecimientos rurales propios o de terceros, de las siguientes actividades agrícolo‑ganaderas: siembra de todo tipo de semillas para cosechar, ensilar, pastorear o para semillero; forestación en todas sus etapas; fruticultura; cría de hacienda vacuna, lanar, porcina o caballar, engorde de hacienda, tambos; avicultura y/o apicultura; e industrializar cualquiera de los productos agropecuarios en su primera etapa de elaboración.‑ A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social, y que no estén prohibidas por las Leyes o por éste Estatuto”.‑ EL ESCRIBANO y autorizado por la escritura antes citada.

Jorge Nicolas Ledesma Matricula: 3903 C.E.C.B.A. e. 06/12/2012 Nº 122098/12 v. 06/12/2012

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Jueves 6 de Diciembre de 2012

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