Editto pubblicato il 21/06/2012

TRIBUNAL DE TRABAJO Nº 1 QUILMES El Tribunal de Trabajo Nº 1 de Quilmes, a cargo del Dr. Horacio Andrés Casquero (Pte.), Secretaría a cargo de la Dra. Andrea M. Zacarías, sito en Alem 430, 2do. Piso, de la ciudad y Partido de Quilmes, cita a comparecer y contestar demanda en los autos “González, Damián César c/Rodríguez, Miguel y Otra s/ Despido” a la Sra. Natalia Pereira, D.N.I. 25.006.322, con domicilio en Paraguay Nº 3625 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los siguientes términos: Quilmes, 28 de junio de 2006. Y Agréguese y tiénese por cumplido con lo ordenado a fs. 78. Asimismo, proveyendo el escrito de fs. 64/69, tiénese al peticionario por presentado, parte, en el carácter invocado y por constituído el domicilio indicado, a mérito de la carta poder que se acompaña. De la acción que se deduce, traslado a la parte demandada Remis San Martín, Rodríguez Miguel Ariel, Chetrit Ramírez Berta Sandra, Pereyra Natalia, Espino Gustavo Alexander, para que conteste, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de ley (arts. 28 y 29 ley 11.653). Asimismo, intímese a la demandada manifieste, en oportunidad de contestar la demanda, si lleva libros de Sueldos y Jornales y demás documentación laboral y contable, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 39 de la ley 11.653, y dar cumplimiento con lo establecido con el art. 201 de la ley 10.620. Haciéndosele saber que al responder el mismo deberá reconocer o desconocer expresamente la documentación acompañada o la recepción o remisión de los telegramas o cartas documento que se le atribuyen.

Notifíquese con copias.-Agréguese, téngase presente lo expuesto y a los fines de la ratificación por el actor ante la Actuaria del pacto de cuota litis denunciado, desígnase primera audiencia”. Fdo. Marta Adelina Russo Presidente.

“Quilmes, 9 de septiembre de 2011. Agréguese y atento lo expuesto, tiénese por dirigida la acción contra Pereira Natalia.

Notifíquese a las partes”. Fdo. Horacio Andrés Casquero Presidente.

Se hace saber que en caso de incomparecencia del citado pasarán las actuaciones al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (art. 341 2do. Párrafo CPCC). Publíquese el presente por dos días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se hace constar que la parte actora actúa con beneficio de litigar sin gastos (art. 20 y 22 de la ley 11.653). Quilmes, 5 de junio de 2012. Horacio Andrés Casquero, juez. Andrea M. Zacarías, secretaria.

e. 21/06/2012 Nº 67443/12 v. 22/06/2012

Edicto publicado en la página 15 del Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 21 de Junio de 2012

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González, Damián César c/Rodríguez, Miguel y Otra s/ Despido

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