Voglio sapere a riguardo di…
- Argentina
En acta del 19/12/11 reformó Art. 3º asi: Comercial: La compra venta, conservación, refrigeración, acopio y transporte de productos agropecuarios.
Mandatos, corretaje y consignación de hacienda, cereales, oleaginosas, forrajeras y semillas.
La explotación de frigoríficos y mataderos.
Importación y exportación.
El ejercicio de mandatos, representaciones, comisiones y consignaciones relacionados con su objeto comercial.
Industrial: La preparación, transformación e industrialización de productos y sub productos agropecuarios, agroquímicos y fertilizantes.
Agropecuaria: Explotación por si o por terceros, en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas.
La compra venta de hacienda granos y cereales.
Corretaje y consignación de hacienda, cereales, oleaginosas, forrajeras y semillas.
Constituyen Domicilio Especial en Corrientes 345, 3º piso, Cap. Fed. Abogado autorizado en acta del 19/9/11. Expediente 1802968. Abogado – Guillermo M. Paván e. 16/01/2012 Nº 3571/12 v. 16/01/2012
Edicto publicado en la página 3 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 16 de Enero de 2012
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