CIMFRA S.A. - 21/10/2011

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Comunica que por asamblea general extraordinaria unánime del 08/08/2011, elevada a escritura pública 332 del 15/09/2011 pasada por ante el Escribano Julio César Etchart, Titular del Registro 983 de la Capital Federal, Matrícula 1.943:

1) Aumentó su capital social de $ 20.000.- en $ 3.080.000.- elevándolo en consecuencia en la suma de $ 3.100.000.- y

2) aprobó la reforma de estatutos sociales modificando el texto del artículo cuarto y séptimo, a saber: “Capital.

Artículo Cuarto: El Capital Social es de Pesos tres millones cien mil ($ 3.100.000.-) representado por 3.100.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables con derecho a un voto por acción y valor nominal un peso cada una. La sociedad podrá, por resolución de la asamblea ordinaria de accionistas, aumentar el capital social de la sociedad hasta su quíntuplo, conforme Articulo 188 de la Ley 19.550 de sociedades comerciales”; “Artículo Séptimo: La dirección y administración de la sociedad está a cargo del directorio, integrado por uno a tres miembros titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación.

El término de su elección es de tres ejercicios.

La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración.

El directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus titulares y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera reunión designará un Presidente y un vicepresidente en su caso. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 1881 del Código Civil y artículo 9º del Decreto Ley 5965/63, salvo para disponer o constituir derechos reales sobre bienes inmuebles, en cuyo caso deberá obtener la aprobación previa de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas.

Podrá, especialmente, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales o privadas; dar y renovar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultades de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.

La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente, o al Vicepresidente en su caso”. Quien suscribe el presente edicto lo hace en su carácter de autorizado, según surge de la escritura pública 332 del 15/09/2011 pasada por ante el Escribano Julio César Etchart.

Martín Campopiano Certificación emitida por: Julio C. Etchart.

Nº Registro: 983. Nº Matrícula: 1943. Fecha: 14/10/2011. Nº Acta: 365. e. 21/10/2011 Nº 135393/11 v. 21/10/2011

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Viernes 21 de Octubre de 2011

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