BCAP S.A. - 28/09/2011

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Antes Construct Finance MAN SOCIEDAD ANONIMA Por acta de Asamblea del 05/09/2011 se resolvió: (i) aceptar las renuncias de Carlos Marcelo Nuñez y Liliana Beatriz Martinez a sus respectivos cargos de Presidente y Director Suplente; (ii) designar a Fernando Daniel Seoane como Presidente y a Lucas Salvador Costanzo como Director Suplente, ambos fijan domicilio especial en San Martín 674, Piso 3, Of. B C.A.B.A; (iii) trasladar la sede social a San Martín 674 Piso 3, Of. B, C.A.B.A.; (iv) cambiar la denominación social de Construct Finance Man S.A. a BCAP S.A. mediante la modificación del Artículo Primero del Estatuto Social; y (y) modificar el objeto social por lo que se reformó el Artículo Tercero del Estatuto Social que quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo Tercero: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia y/o por cuenta y orden de terceros, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades de construcción, inmobiliaria y financiera: Financieras: Financiar operaciones y negocios celebrados con anterioridad al presente o a realizarse, mediante el otorgamiento de préstamos, garantizados o no, mediante la constitución de cualquier derecho real o personal.

Realizar inversiones mediante la compra y venta de títulos, participaciones en sociedades, papeles de crédito, debentures, valores negociables y otros valores mobiliarios o inmobiliarios, inclusive los de propiedad intelectual o industrial.

La sociedad no realizara operaciones previstas por la Ley de Entidades Financieras u otras operaciones para las cuales se requiera concurso público.

Mandataria: Mediante la administración de propiedades, gestión de negocios y comisión de mandatos.

La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos, contratos y operaciones tendientes al cumplimiento de su objeto social, como así también todo otro acto que se vincule directa o indirectamente con aquél y que no esté prohibido por las leyes o por este estatuto.

La Sociedad podrá participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social.

La Sociedad podrá instalar agencias, sucursales, establecimientos o cualquier otra clase de representación dentro y fuera del país.” Giselle Allegue, abogada, Tº 104, Fº 941, C.P.A.C.F., autorizada por Acta de Asamblea del 05/09/2011. e. 28/09/2011 Nº 123422/11 v. 28/09/2011

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 28 de Septiembre de 2011

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