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Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas unánime de fecha 20/07/10 se resolvió reformarse el artículo Décimo Quinto del Estatuto Social, siendo su nuevo texto el siguiente: “Artículo Décimo Quinto: Producida la disolución de la Sociedad, la liquidación estará a cargo del liquidador que designe la Asamblea.
Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones”. Autorizado: Alberto F. Tujman, según Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas referida.
Abogado - Alberto F. Tujman e. 04/07/2011 Nº 79458/11 v. 04/07/2011
Edicto publicado en la página 1 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 4 de Julio de 2011
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