G4S APPLIED SECURITY S.A. - 21/06/2011

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Por escritura 109 del 9/6/11 folio 790 ante Juan J. Barceló, titular del Registro 1592 C.A.B.A., quedó protocolizada el Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria Nº 3 del 19/4/11 por la que se aumento el capital social de $ 24.000 a $ 10.000.000 y se modificó el art. 4º: “El capital social se fija en la suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos) representado por 1.000.000 (un millón) de acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una, divididas en 250.000 acciones clase “A” y 750.000 acciones clase “B”. Las acciones de estas dos categorías gozan de los mismos derechos y obligaciones.

Todas las acciones como los certificados provisionales que se entregarán hasta su integración, llevarán la firma de por lo menos un director y la del síndico.

Asimismo contendrán los requisitos previstos por el artículo 211 de la Ley 19.550. Se podrán emitir títulos representativos de una o más acciones según lo disponga el Directorio al tiempo de hacer efectivas las emisiones dispuestas por la Asamblea.

El capital social solo podrá ser aumentado por resolución de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, con las mayorías que se establecen en el Artículo Decimocuarto del presente, la que fijará en cada oportunidad el monto de cada emisión y la categoría de acciones a emitir, debiendo siempre respetar la proporción en que se encuentran en el capital social las acciones ordinarias de cada clase.

Los titulares de acciones ordinarias, tanto de la clase “A” como de la clase “B”, tendrán derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de las mismas clases y el derecho a acrecer en proporción a las que posean.

A este fin se emitirán simultáneamente acciones de as dos clases, manteniéndose las proporciones existentes y características a la época de cada emisión.

Los titulares de las acciones ordinarias tanto de la clase “A” como de la clase “B”, tendrán derecho preferente a la suscripción de acciones preferidas y el derecho a acrecer en proporción a sus respectivas tenencias accionarias.

La Sociedad hará el ofrecimiento a los accionistas, quienes podrán ejercer su derecho de opción dentro del plazo que fije la Asamblea que resuelva la emisión, el que no podrá ser inferior a los treinta días a partir de la última publicación que por tres días se hará de acuerdo con el Artículo.

194 de la Ley 19.550. Si los accionistas de una clase no ejercieran en todo o en parte su derecho de preferencia respecto de las acciones de su misma clase, la suscripción de las mismas será ofrecida a los tenedores de acciones de la otra clase en proporción a sus respectivas tenencias.

Estos deberán ejercer su opción dentro del plazo establecido por el Artículo 194 de la Ley 19.550, contando a partir de la última publicación que se hará nuevamente por tres días.

Si a su vez los tenedores de acciones de la otra clase no ejercieran en todo o en parte la opción para suscribir dichas acciones, las mismas podrán ser ofrecidas a terceros.” Apoderado: Juan Manuel Carmona por escritura 109 del 9-6-11 Folio 790 Registro 1592 C.A.B.A. Certificación emitida por: J. P. Koundukdjian.

Nº Registro: 142. Nº Matrícula: 4920. Fecha: 10/06/2011. Nº Acta: 040. Nº Libro: 12. e. 21/06/2011 Nº 73369/11 v. 21/06/2011

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Martes 21 de Junio de 2011

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