POLO EQUIPMENT S.A. - 02/09/2008

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Por escritura Nº 95, 16/04/08, comparece Francisco José Crotto, argentino, casado, nacido el 07/09/64, D.N.I. 16.232.714 y domiciliado en la calle French 2125 piso 7º, C.A.B.A., quien actúa en su carácter de Presidente de Polo Equipment S.A., a elevar a escritura el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº 18 del 22/07/06, mediante la cual por unanimidad se resuelve reformar los artículo 4º, 5º y 8º, los que quedan redactados de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO: El capital social es de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45000), representado por 45.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1 (Un Peso) cada una y con derecho a 1 voto cada acción.

El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria de Accionistas hasta el quíntuplo de su monto conforme lo establece el artículo 188 de la ley 19550”.- “ARTICULO QUINTO: Las acciones podrán ser nominativas no endosables o escriturales, ordinarias o preferidas y podrán dividirse en clases, confiriendo los derechos y obligaciones que se les acuerden en su emisión.

Las acciones de una misma clase conferirán iguales derechos y obligaciones.

Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión.

Podrá también fijárseles un participación adicional en las ganancias y reconocérseles o no derecho preferente en el reembolso del capital en la liquidación de la sociedad.

Las acciones preferidas tendrán derecho a un voto por acción cuando no se cumplan las condiciones de emisión”.- “ARTICULO OCTAVO: la dirección y administración de la sociedad estará a cargo del directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con duración por tres ejercicios.

La Asamblea puede elegir igual, mayor ó menor número de suplentes, por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran, y se incorporarán al directorio por el orden de su designación.

Mientras se prescinda de la sindicatura será obligatoria la elección de director suplente.

El directorio sesionará con la presencia de la mayoría de su miembros, y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera reunión designará el directorio un Presidente y, en caso de pluralidad de integrantes, un Vicepresidente quién suplirá al primero en su ausencia o impedimento.

La garantía de los directores titulares a que se refiere el artículo 256, párrafo segundo, de la Ley 19550, cuyo monto no podrá ser inferior a la suma de pesos diez mil ($ 10.000) o su equivalente, por cada uno, deberá consistir en alguna de las modalidades que se especifican en el artículo 2º de la Resolución General de la Inspección de Justicia número 20/04.”. Asimismo, se aprueba por unanimidad que el directorio quede integrado así: Presidente: Francisco Jose Crotto.

Vicepresidente: Martín Salvadores Arrighi.

Director Suplente: María del Rosario de Elizalde de Crotto, quienes fijan domicilio especial en la calle Ayacucho 1447, C.A.B.A. Por escritura Nº 95, de fecha 16/04/08, Carlos Manuel Mendez Terrero se encuentra facultado a publicar edicto.

Carlos Manuel Mendez Terrero Certificación emitida por: Fernando Mario Guevara Lynch. Nº Registro: 1721. Nº Matrícula: 4143. Fecha: 09/05/2008. Nº Acta: 166. Libro Nº: 52, int. 84.684. e. 02/09/2008 Nº 83.790 v. 02/09/2008

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Martes 2 de Septiembre de 2008

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