CTL S.A. - 08/01/2007

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Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 11/04/06, se resolvió modificar el artículo 11 del Estatuto Social a fin de adecuarlo a lo dispuesto por las Resolución General 7/05. Por ello los directores titulares deberán prestar a la sociedad por el desempeño de sus funciones, una garantía de la suma de $ 10.000 o su equivalente en bonos, títulos, fianzas, avales, seguros de caución o de responsabilidad civil, los que deberán permanecer vigentes hasta tres años de aprobada su gestión.

La que suscribe, Silvina Claudia González, Tomo 87, Folio 727, ha sido autorizada por instrumento privado - Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 11/04/2006. La autorizada”. Abogada/Autorizada - Silvina Claudia González Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 05/01/ 2007. Tomo: 87. Folio: 727. e. 08/01/2007 Nº 4921 v. 08/01/2007

Fonte: Bollettino Ufficiale della Repubblica Argentina del Lunes 8 de Enero de 2007

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