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Conforme a lo dispuesto en el artÃculo 80 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el artÃculo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artÃculo 10 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las ConsejerÃas de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, se acuerda convocar, previo informe de la Comisión Paritaria, de conformidad con el artÃculo 2 bis. 5 a) del citado Real Decreto, la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I de la presente Resolución.
Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:
Primera. Solicitud.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, según el modelo que figura como anexo II, a la Sra. Subsecretaria de Trabajo y EconomÃa Social, dentro del plazo de quince dÃas hábiles, contados desde el dÃa siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «BoletÃn Oficial del Estado», según lo establecido en el artÃculo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda. Requisitos.
El puesto de trabajo que se convoca por la presente Resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Son requisitos aplicables al puesto de trabajo:
a) Ser funcionario de carrera de alguno de los Cuerpos y Escalas de los subgrupos que se especifican en el anexo I.
b) Encontrarse en la fecha de publicación de la convocatoria en alguna de las situaciones administrativas relacionadas en el artÃculo 85 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artÃculo 2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, excluidas la excedencia voluntaria incentivada, la suspensión de funciones y las excedencias voluntarias por interés particular y por agrupación familiar durante sus dos primeros años.
Tercera. Situación de los funcionarios que ocupen o hayan ocupado puestos de libre designación en el exterior.
En caso de funcionarios que ocupen o hayan ocupado puestos de libre designación en el exterior, se aplicarán los siguientes requisitos:
a) Haber permanecido en España un periodo de dos años tras haber agotado el periodo máximo de permanencia previsto en el artÃculo 14 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre.
b) Los funcionarios que ocupasen un puesto en el exterior en la fecha de publicación de esta convocatoria podrán ser designados excepcionalmente en puestos de esta convocatoria cuando, habiendo cumplido el periodo mÃnimo de permanencia asociado al puesto, se aprecie, caso a caso, que concurren extraordinarias razones por necesidades del servicio, por ejemplo, que no se hubieran presentado otras solicitudes para el puesto, o cuando los candidatos que hubieran solicitado el puesto no fueran considerados idóneos. En todo caso, ningún funcionario podrá ocupar más de dos puestos de trabajo consecutivos en el exterior, ni permanecer más de ocho años sumando el tiempo total de desempeño en ambos puestos.
Cuarta. Criterios para la asignación de los puestos.
En la elaboración de la propuesta de nombramiento para la cobertura del puesto de esta convocatoria se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes méritos objetivos de los candidatos:
a) Servicios prestados y naturaleza y nivel de los puestos o cargos desempeñados.
b) Formación y experiencia acreditada en las materias de empleo, relaciones laborales, Seguridad Social y migraciones.
c) Idoneidad y preparación técnica y profesional acreditadas para el adecuado desempeño del puesto en relación con las caracterÃsticas especÃficas previstas en el Anexo I de cada destino en el exterior.
d) Conocimientos y experiencia previa en gestión económico-financiera y de recursos humanos.
Quinta. Documentación a aportar.
Los interesados deberán adjuntar a la solicitud su currÃculum vitae, en el que consten:
a) TÃtulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados.
d) Cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Los méritos deberán estar debidamente acreditados, debiéndose adjuntar la certificación de los mismos a la solicitud.
Sexta. Permanencia.
El perÃodo de permanencia en el puesto de trabajo convocado será el establecido en el artÃculo 11.1 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre.
Séptima. Plazo para la interposición de recurso.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vÃa administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el dÃa siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artÃculos 10.1.i) y 14.1 Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artÃculos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 25 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Trabajo y EconomÃa Social, Gemma del Rey Almansa.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Raquel González Peña.
ANEXO I
N.º orden | Código | Puesto de trabajo | Nivel | Complemento especifico – Euros | Localidad | Subg. | Adsc. Admon. | CaracterÃsticas especÃficas del puesto a efectos de valorar la idoneidad y preparación técnica y profesional | Periodo mÃnimo de permanencia |
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 |  | ConsejerÃa de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Venezuela |  |  |  |  |  |  |  |
1 | 4486714 | Secretario/Secretaria General. | 24 | 5.987,66 | Caracas. | A1/A2 | AE | Conocimientos técnicos en materia socio laboral, migraciones y Seguridad Social. Experiencia en relaciones institucionales. Experiencia en gestión económica y de recursos humanos. | 3 años. |
ANEXO II
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 130 del Martes 1 de Junio de 2021. Autoridades y personal, Ministerio De Trabajo Y EconomÃa Social.