Auto de 17 de julio de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que aclara la sentencia de 5 de julio de 2019, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 535/2017, en el sentido de completar el fallo por omitir la publicación del mismo en el "Boletín Oficial del Estado".

En el recurso contencioso-administrativo número 535/2017, promovido por la representación procesal del Colegio de Economistas de Pontevedra contra el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado auto de aclaración con fecha 17 de julio de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

La Sala acuerda: Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado» el Fallo de la Sentencia dictada el 5 de julio de 2019 en el recurso núm. 535/2017, que anuló el Real Decreto 529/2017 de 26 de mayo, así como la parte dispositiva de este auto. Sin costas.

Así se acuerda y firma.–Nicolás Maurandi Guillén.–José Díaz Delgado.–Ángel Aguallo Avilés.–José Antonio Montero Fernández.–Jesús Cudero Blas.–Rafael Toledano Cantero.–Dimitry Berberoff Ayuda.–Isaac Merino Jara.–Firmado

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 231 del Miércoles 25 de Septiembre de 2019. Disposiciones generales, Tribunal Supremo.

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