Corrección de errores de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Advertidos errores en el texto de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 159, de 4 de julio, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 21015, en la línea primera del párrafo duodécimo del preámbulo, donde dice: «... tipos de centro ...»; debe decir: «...tipos de centros ...».

En la página 21016, en la línea octava del párrafo decimoquinto del preámbulo, donde dice: «... consejo escolar de centro.»; debe decir: «consejo escolar del centro.».

En la página 21017, en la última línea del artículo 15, donde dice: «... estraescolares.»; debe decir: «... extraescolares.».

En la página 21018, en la úl~ima línea ~el artículo 31.2, donde dice: «...inferiror ...»; debe decir: «... inferior ...».

En la página 21020, en el artículo 45.2, b), donde dice: «...Consejo Escolar de Centro.»; debe decir: «... Consejo Escolar del Centro.».

En la página 21020, en la última línea del artículo 49.3, donde dice: «... cargas sociales y las de ...»; debe decir: «... cargas sociales, y las de ...».

En la página 21022, en la segunda linea del artículo 62.2, donde dice: «... el expediente ....»; debe decir: «... del expediente ...».

En la página 21022, en la segunda línea de la disposición final segunda, donde dice: «... peculiaridades de centros ...»; debe decir: «... peculiaridades de los centros ...»:

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 251 del Sábado 19 de Octubre de 1985. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Educación
  • Enseñanza

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