Abrir un negocio en México: Solicitud de permiso de constitución de sociedad

Este trámite es vital para abrir un negocio en México bajo una forma societaria, es decir, como persona moral. Con este permiso podrás posteriormente realizar el acta constitutiva y los estatutos de tu empresa y asegurarte que el nombre que quieres ponerle a tu sociedad no está siendo ya utilizado por otra.

¿En qué consiste?

La empresa que deseas constituir debe tener un nombre y registro único tanto en el país como en el extranjero. Por lo tanto debes verificar que otra empresa no tenga esa misma denominación comercial para poder operar con libertad.

¿Dónde se puede realizar?

En las oficinas centrales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE o en las delegaciones estatales de la dependencia.

¿Quién puede efectuarlo?

Todas las personas interesas en constituir una empresa o negocio.

Requisitos

1.- Debes presentar la Solicitud de permiso de constitución de sociedad (Solicitud SA-1) de acuerdo a la Secretaría de Relaciones Exteriores. Las sociedades cooperativas están exentas del pago de derechos de acuerdo con el artículo 91 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

2.- La solicitud deberá presentarse en oficinas centrales, con el original y la copia; y en Delegaciones Estatales del mismo modo, en original y dos copias. Adicionalmente a los requisitos anteriores y de acuerdo con la naturaleza de cada solicitud, se pondrán o no requerir documentos complementarios, de conformidad con las leyes vigentes de México.

Detalles del Permiso

El permiso que se expida, tendrá una vigencia de noventa días hábiles, durante el cual se deberá acudir a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la constitución de la sociedad de que se trate. Transcurrido el término antes citado sin que se haya otorgado el acta constitutiva de la sociedad, el permiso quedará sin efectos. De ser el caso, se tendrá que solicitar la reexpedición del permiso vencido.

¿Cuánto demora?

Toda solicitud que sea presentada en oficinas centrales de SRE entre las 9:00 AM y 11:00 AM, será resuelta el mismo día. Las solicitudes recibidas con posterioridad a este horario, serán resueltas el día hábil siguiente.

¿De qué entidad depende?

Es un trámite exclusivo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Para cualquier duda en relación a este trámite puedes llamar al Sistema de Atención Telefónica (SACTEL) a los teléfonos:

- 2000-2000 en el D.F. y área metropolitana

- Del interior de México sin costo para el usuario al 01 800 386-2466 o

- Desde Estados Unidos y Canadá al 1 800 475-2393.

Recursos en línea

Toda la información acerca de la Solicitud ante la Secretaría de Relaciones Exteriores para la denominación de empresas se encuentra en su Portal oficial en la sección de constitución de sociedades.

Normas aplicables

- Artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera

"La Secretaría de Economía autorizará el uso de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades."

- Artículo 13 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

"El permiso para la constitución de sociedades a que se refiere el artículo 15 de la Ley se otorgará solamente cuando la denominación o razón social que se pretenda utilizar no se encuentre reservada por una sociedad distinta.

Si en la denominación o razón social solicitada, se incluyen palabras o vocablos cuyo uso se encuentre regulado específicamente por otras leyes, la Secretaría de Relaciones Exteriores condicionará el uso de los permisos a la obtención de las autorizaciones que establezcan dichas disposiciones legales."

- Reglamento para la autorización de uso de Denominaciones y Razones Sociales Ver texto

Personas o Empresas que ayudan en relación a este trámite

Notarios, contadores y abogados pueden generalmente asistir en este trámite, así como en el resto del proceso de constitución de sociedades.


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