Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2015 - Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LX Nº 4988

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 17 de Noviembre de 2015.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. MAURO ALEJANDRO CASARINI
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Dr. ROBERTO ALEJANDRO ORTIZ
Ministro de Salud Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
partir de la fecha de concedido el mismo, con una tasa de interés de un dos por ciento 2% anual.Artículo 3º.- ESTABLECESE que los beneficiarios deberán presentar la solicitud de Crédito correspondiente, en formularios proporcionados por el Consejo Agrario Provincial, acompañado por el Certificado de Venta de la correspondiente Asociación Ganadera, la factura de Venta, la guía de tránsito respectiva y el Compromiso de Pago sellado por la Subsecretaría de Recursos Tributarios de la Provincia de Santa Cruz, hasta el 100 % de la compra, no superando el importe de PESOS TREINTA
Y CINCO MIL $ 35.000.- por Productor o Firma.Artículo 4º.- FACULTASE al Consejo Agrario Provincial a instrumentar el mecanismo y modalidad de Implementación de los citados créditos, estableciendo los requisitos que deberán cumplimentar los beneficiarios para acceder a dicha línea crediticia.Artículo 5º.- AFECTASE el gasto que demande el presente con cargo al ANEXO: Ministerio de Economía y Obras Públicas - ITEM: Consejo Agrario Provincial - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios Económicos - FUNCIÓN:
Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales Renovables - SECCIÓN: Erogaciones de Capital - SECTOR:
Inversión Financiera - PARTIDA PRINCIPAL: Inversión Financiera - PARTIDA PARCIAL: Préstamos a Largo Plazo - PARTIDA SUBPARCIAL: Préstamos a Largo Plazo al Sector Privado Créditos Sociedades Rurales $ 3.000.000.-, del Ejercicio 2015 - Prórroga del Presupuesto 2014.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 7º.- PASE al Consejo Agrario Provincial a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0060
RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2015.VISTO:
El Expediente CAP-Nº 490.644/15, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que a través del actuado de referencia, el Consejo Agrario Provincial solicita una línea de créditos a favor de los productores para la compra de reproductores carneros y toros, en las Exposiciones Rurales a llevarse a cabo en el año 2015, en Río Gallegos y en las localidades de Perito Moreno, Las Heras, Puerto Deseado, Puerto San Julián, Puerto Santa Cruz y El Calafate, por la suma de PESOS TRES MILLONES
$ 3.000.000, por ferias rurales;
Que el Gobierno Provincial, a través del Consejo Agrario Provincial, apoya este tipo de eventos que tienden al repoblamiento y mejoramiento de las majadas ovinas y bovinas en todo el ámbito del Territorio Provincial, favoreciendo la comercialización de los reproductores de calidad superior y elevado material genético, para mejorar los productos logrados en los establecimientos situados en nuestra provincia;
Que es una fuerte decisión del Gobierno Provincial, potenciar la actividad productiva ovina y bovina, brindando la ayuda necesaria, generando ocupación y desarrollo en zonas con alto poder productivo;
Que se cuenta con las partidas presupuestarias para poder atender el gasto que demandará la implementación de esta línea de créditos, cuyo monto máximo se fija en la suma de PESOS TRES MILLONES $ 3.000.000.-, distribuidos conforme al siguiente detalle, para las Exposiciones Rurales de Puerto Deseado, la suma de PESOS QUINIENTOS
CINCUENTA MIL $ 550.000, Puerto San Julián, la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL $ 400.000
Perito Moreno la suma de PESOS TRESCIENTOS
MIL $ 300.000, Las Heras la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000, Puerto Santa Cruz la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000 y Río Gallegos la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL $ 550.000 en cuanto a la Exposición Rural Toros de las localidades de Perito Moreno, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000 y el Calafate, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL
$ 300.000 y como modalidad a distribuir en cada uno de los beneficiarios cuyas explotaciones se encuentren en el territorio provincial, presentando la solicitud de crédito con los formularios emitidos por el Consejo Agrario Provincial, acompañando a este el Certificado de Venta emitido por la Sociedad Rural correspondiente, Factura y Comprobante de Pago, sellado por la Subsecretaría de Recursos Tributarios y Guía de Tránsito correspondiente;
Que el Consejo Agrario Provincial procederá a reglamentar el mecanismo y modalidad de implementación de los citados créditos, estableciendo los requisitos que deberán cumplimentar los beneficiarios para acceder con lo establecido en el presente;
Que el monto máximo para cada productor será de PESOS TREINTA Y CINCO MIL $ 35.000.-
por productor o firma, y no contemplará los gastos
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4988 DE 18 PAGINAS

accesorios a la operación, siendo el plazo de amortización de un año y con una tasa de interés anual del dos por ciento 2%;
Que la Dirección de Administración del Consejo Agrario Provincial, ha realizado la afectación presupuestaria correspondiente, tomando intervención la Secretaría de Estado de Hacienda, por lo que nada obsta al dictado del presente;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 77/15, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 10 y a Nota SLyT-GOB-Nº 114/15, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 12;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- AUTORIZASE al Consejo Agrario Provincial, a otorgar una línea de Créditos a los Productores Ovinos y Bovinos, para la compra de reproductores carneros y toros en el marco de las Exposiciones y Ferias a realizarse, en Río Gallegos, Puerto Deseado, Las Heras, Perito Moreno, Puerto San Julián, Puerto Santa Cruz y El Calafate respectivamente, por la suma de PESOS TRES MILLONES
$ 3.000.000, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DEJASE ESTABLECIDO que la línea de créditos a otorgar en las mencionadas Exposiciones y Ferias Ganaderas mencionadas en el artículo anterior, por la suma total de PESOS TRES MILLONES $ 3.000.000.- serán distribuidos conforme al siguiente detalle: para las Exposiciones Rurales de Puerto Deseado, corresponde la suma de PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA MIL $ 550.000, Puerto San Julián, la suma de PESOS CUATROCIENTOS
MIL $ 400.000.-, Perito Moreno, la suma de PESOS
TRESCIENTOS MIL $ 300.000, Las Heras, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000.-, Puerto Santa Cruz la suma de PESOS TRESCIENTOS
MIL $ 300.000.- y Río Gallegos la suma de PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA MIL $ 550.000.- en cuanto a la Exposición Rural Toros de las localidades de Perito Moreno, la suma de PESOS TRESCIENTOS
MIL $ 300.000.- y El Calafate, la suma de PESOS
TRESCIENTOS MIL $ 300.000.- máximo a otorgar a cada productor o firma hasta la suma de PESOS
TREINTA Y CINCO MIL $ 35.000.- pagaderos en una única cuota con un plazo de gracia de doce 12 meses a
Sr. PERALTA - C.P.N. Edgardo Raúl Valfré ________
DECRETO Nº 0061
RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2015.VISTO:
El Expediente MEOP-Nº 404.020/15, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que el otorgamiento de Aportes para déficit a distintos Municipios y Comisiones de Fomento, se encuentra centralizado y es dispuesto por el titular del Poder Ejecutivo Provincial;
Que dichos aportes en la actualidad requieren agilidad en la tramitación, máxime cuando se trata de aportes que son fuertemente necesarios para esas jurisdicciones, y que en su gran mayoría son requeridos con escaso tiempo;
Que, como el trámite administrativo no debiera ser el obstáculo para que la asistencia solicitada llegue a destino, la Secretaría de Estado de Hacienda ha coordinado con la Subsecretaría de Interior un circuito administrativo que, respetando la legislación vigente, permita acortar los plazos del otorgamiento de dichos Aportes Reintegrables;
Que en atención a ello, este Poder Ejecutivo debe plasmar tal mecanismo;
Por ello y atento al Dictamen CAJNº 017/15, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 8 y vta. y a Nota SLyT-GOB-Nº 084/15, emitida

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 17/11/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date17/11/2015

Page count18

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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