Periódico Oficial de Puebla del día 15/01/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 15 de enero de 2021

I.- Los contribuyentes que se encuentren beneficiados con algún apoyo, subsidio o incentivo otorgado por el Gobierno del Estado, diferentes a cualquiera de los estímulos fiscales establecidos en la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2021, en materia del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.
II.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal; ni los Órganos Constitucionalmente Autónomos.
1.3. Los beneficios establecidos en la presente Resolución de Carácter General no tendrán efectos retroactivos por las contribuciones pagadas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, ni darán lugar a devolución o compensación alguna.

TÍTULO SEGUNDO
DEL PAGO DE IMPUESTOS ESTATALES
2.1. Del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal:
2.1.1. Se exime del pago del 100% del impuesto que debe enterarse en los meses del periodo comprendido de enero a marzo del Ejercicio Fiscal 2021, a los contribuyentes que tengan de uno a diez trabajadores declarados ante la autoridad fiscal.
2.1.2. Se exime del pago del 50% del impuesto que debe enterarse en los meses del periodo comprendido de enero a marzo del Ejercicio Fiscal 2021, a los contribuyentes que tengan de once a cincuenta trabajadores declarados ante la autoridad fiscal.
2.1.3. Se exime del pago del 100% de recargos y actualización del impuesto que debe enterarse en los meses del periodo comprendido de enero a marzo del Ejercicio Fiscal 2021, a los contribuyentes que emplean a más de cincuenta trabajadores, debiendo presentar las declaraciones correspondientes en los meses de abril, mayo y junio de dos mil veintiuno, de conformidad con la siguiente tabla:
Declaración del mes:
Diciembre de 2020
Enero de 2021
Febrero de 2021

Fecha límite para presentar la declaración 19 de abril de 2021
17 de mayo de 2021
17 de junio de 2021

2.2. Del Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje:
2.2.1. Se exime del pago del 100% del impuesto que debe enterarse en los meses del periodo comprendido de enero a marzo del Ejercicio Fiscal 2021.
2.2.2. Los sujetos de esta contribución no podrán realizar el traslado del impuesto a las personas que soliciten la prestación de los servicios de hospedaje por los periodos en los que hayan gozado del beneficio. En caso de hacerlo, deberán realizar el pago correspondiente en los términos que establecen las leyes fiscales del Estado.

TÍTULO TERCERO
DE LOS REQUISITOS Y FORMALIDADES PARA
ACCEDER A LOS BENEFICIOS
3.1. Para acceder a los beneficios a que se refiere el Título Segundo de esta Resolución de Carácter General, los contribuyentes deberán reunir los siguientes requisitos:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 15/01/2021 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha15/01/2021

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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