Periódico Oficial del Estado de México del día 09/10/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

9 de octubre de 2018

Página 3

Que el 7 de mayo de 2015 se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México el Decreto 428 por el que se expide la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, cuyo objeto es garantizar el pleno goce, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, esta Ley y las leyes vigentes que con fundamento en ellas emanen.
Que en la Ley en cita, se establece que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, es una Unidad Administrativa dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, cuyo objeto es la protección integral y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a través de la determinación y coordinación en la ejecución y seguimiento de las medidas de protección. Para tal efecto se deberá establecer contacto y trabajar conjuntamente con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, deporte y con todas aquellas necesarias para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Que el 25 de abril de 2012 se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, el Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, con la finalidad de establecer las atribuciones y líneas de autoridad de las unidades administrativas básicas que integran su estructura de organización.
Que el 13 de marzo de 2017 se publicó en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, el Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, con el objeto de establecer la figura de Presidencia Honoraria, además de proveer a la Ley en mención disposiciones normativas, por virtud de las cuales se precisan la distribución de competencias y atribuciones que la Presidencia Honoraria tiene conferidas, atendiendo a la necesidad de puntualizar aquéllas relativas a la determinación y toma de decisiones de la política general del Sistema Estatal referido, así como las concernientes a la representación y ejecución de acciones inherentes al objeto de dicho organismo.
Que en ese sentido, y derivado de la dinámica con la que opera el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, resulta necesario modificar su estructura de organización, con el propósito de incorporar a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, quien se encarga de la protección integral y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Por lo anterior es menester expedir un nuevo Reglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, que permita estar a la vanguardia normativa para atender de forma eficaz a la población vulnerable a través de la asistencia social, entre otros aspectos.
Que, en virtud de lo anterior, se expide el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México.
Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
I. DIFEM: al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
II. Director General: a la o el titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
III. Junta de Gobierno: a la Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
IV. Ley: a la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios;
V. Presidencia Honoraria: a la Presidencia Honoraria del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
VI. Reglamento: al Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México;
VII. Servidores Públicos: a las y los servidores públicos que laboran en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México; y VIII. Sistemas Municipales: a los Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 09/10/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha09/10/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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