Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/12/2019 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 50 Segunda Sección, Diciembre 11 del 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Superior de Justicia. Estado L. y S. de Tlaxcala.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Secretaría Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.

ACUERDO GENERAL 03/2019 DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE TLAXCALA, POR
EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 86 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA DEL ESTADO DE TLAXCALA.
J U S T I F I C A C I Ó N.
1.- En la actualidad los abogados postulantes, las personas autorizadas para imponerse de autos y las partes dentro de los juicios que en su momento fueron radicados ante los órganos jurisdiccionales de este Tribunal, al consultar los expedientes que se encuentran resguardados en el Archivo del Poder Judicial, se dan a la tarea de transcribirlos, al no permitírseles la toma de fotografías a las constancias o la reproducción de las mismas, mediante cualquier medio electrónico, por no estar autorizado el Jefe del Archivo para ello.
2.- Existe inquietud generalizada de Barras de abogados y litigantes, de que se les permita el uso de aparatos electrónicos para la toma de fotografías de las constancias que obren en tocas, expedientes y procesos que se encuentran resguardados en el Archivo del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.
3.- En Sesión Ordinaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, celebrada el veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho, se aprobó el ACUERDO GENERAL NUMERO 02/2018 DEL PLENO DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TLAXCALA, POR EL QUE SE EMITE UNA CIRCULAR PARA
COMUNICAR A LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, QUE NO
EXISTE INCONVENIENTE EN QUE SE PERMITA A LAS PARTES IMPONERSE DE TODA CLASE DE
CONSTANCIAS SIN DISTINCIÓN, INTEGRADAS EN LOS TOCAS, EXPEDIENTES Y PROCESOS, MEDIANTE EL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS..
Con motivo de este acuerdo, se emitió la circular 01/2019 a través de la cual se hizo saber a los titulares de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado, los siguientes puntos del mencionado acuerdo:
PRIMERO.- El Tribunal Superior de Justicia del Estado, funcionando en Pleno, considera que no existe inconveniente en que se permita a las partes y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, imponerse de toda clase de constancias sin distinción, integradas en los tocas, expedientes y procesos, que se tramitan en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado, mediante la toma de registros fotográficos o imágenes, a través de cualquier aparato o medio electrónico que no sea fotocopiadora, como lo son, entre otros, cámaras, lectores ópticos y dispositivos móviles.
SEGUNDO.- El uso de los aparatos mencionados deberá hacerse estrictamente con los recursos materiales del interesado, sin que el Tribunal pueda proporcionar medio alguno para su consecución y sin que se entorpezcan las labores del órgano jurisdiccional, ya sea por el tamaño del aparato electrónico o por el volumen de las constancias.
TERCERO.- Queda bajo la responsabilidad de las partes y de los litigantes autorizados por estas, el uso adecuado de la información contenida en las actuaciones judiciales que obtengan por los medios referidos en apartado PRIMERO de la presente circular.
CUARTO.- Para su observancia obligatoria, se ordena comunicar el contenido de la presente circular a los titulares de los órganos jurisdiccionales del Tribunal Superior de Justicia del Estado, quienes deberán fijarla en lugar visible del Tribunal a su cargo; asimismo, para efectos de difusión, se ordena su publicación en el página web del Poder Judicial del Estado.
4.- En continuación del acuerdo general anterior, actualmente los titulares de los órganos jurisdiccionales permiten a las partes y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, imponerse de toda clase de constancias sin distinción, integradas en los tocas, expedientes y procesos, que se tramitan en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado, mediante la toma de registros fotográficos o imágenes, a través de cualquier aparato o medio electrónico que no sea fotocopiadora, como lo son, entre otros, cámaras, lectores ópticos y dispositivos móviles.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/12/2019 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha11/12/2019

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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