Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/11/2021 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 4

Victoria, Tam., miércoles 10 de noviembre de 2021

Periódico Oficial
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor a partir de su expedición y será publicado inmediatamente en el Periódico Oficial del Estado.
SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS.- Cd.
Victoria, Tam., a 4 de noviembre del año 2021.- DIPUTADO PRESIDENTE.- JESÚS SUÁREZ MATA.Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- ALEJANDRA CÁRDENAS CASTILLEJOS.- Rúbrica.- DIPUTADA
SECRETARIA.- IMELDA MARGARITA SANMIGUEL SÁNCHEZ.- Rúbrica.

PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MARIO GÓMEZ MONROY, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de Tamaulipas, a mi cargo confieren los artículos 23 fracción XI y 34 fracciones I, III, IV y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
CON S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 30 de abril del 2019, la ciudadana MARÍA REBECA
GONZÁLEZ LLARENA, propietaria del plantel educativo particular que se denominará COLEGIO
INTERAMERICA, solicitó autorización para impartir Educación Preescolar con alumnado mixto y turno matutino en las instalaciones ubicadas en Avenida Ayuntamiento número 502, esquina con calle Cacalilao, colonia Petrolera en Tampico, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que la propietaria del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMERICA, así como el personal directivo y docente, ajustarán sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de Educación, Ley de Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos de estudios y disposiciones emanadas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
TERCERO.- Que la C. MARÍA REBECA GONZÁLEZ LLARENA, propietaria del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMERICA, y el personal directivo y docente del plantel, han declarado bajo protesta de decir verdad, que en la educación que imparta la institución se respetarán las leyes y reglamentos aplicables; y en lo relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Ley General de Educación y 6 de la Ley de Educación para el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa privada COLEGIO INTERAMERICA reúnen las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en el Artículo 7, último párrafo, de la ley General de Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado conforme al resultado del informe realizado por el ciudadano SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Encargado del Departamento de Incorporación y Supervisión, de la Secretaría de Educación del Estado; contando con el equipo y material didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas, aprobándose además, la integración de los grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que la propietaria del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMERICA ha aceptado que dicha institución está sujeta a que la Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier modificación o cambio relacionado con su denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del personal directivo, docente y técnico.
SEXTO.- Que la C. MARÍA REBECA GONZÁLEZ LLARENA, propietaria del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMERICA, convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel respecto a la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la cual deberá quedar establecida 30 días antes de la inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse dentro del periodo para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que la propietaria del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMERICA se ha comprometido a observar las siguientes normas:
I.- En cuanto a cooperaciones extraordinarias, estas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso, de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II.- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresa su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III.- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por esta, bajo la estricta vigilancia de la Asociación de Padres de Familia.
IV.- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su permanecía, no se condiciona al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/11/2021 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha10/11/2021

Nro. de páginas57

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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