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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/07/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.025
Salta, jueves 8 de julio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
las mismas, habiéndose producido por ello un decremento en la biomasa de dorado en este embalse y también en el río Juramento;
Que teniendo en cuenta las dimensiones relativamente reducidas de los diques Campo Alegre y Las Lomitas, se considera adecuado incorporar al presente reglamento la prohibición de pesca embarcada a motor y a remo para estos embalses;
Que resulta adecuado determinar mediante este instrumento las zonas y períodos, en los distintos ambientes de la provincia, que se protegerán durante la época de desove y, que por lo tanto, resultarán vedados para el ejercicio de la pesca;
Que a los efectos de proteger a los ejemplares de distintas especies hasta alcanzar su madurez sexual y permitir la auto renovación del recurso, resulta necesario fijar las longitudes mínimas de captura, la cantidad máxima de extracción permitida por pescador y por excursión de pesca de cada especie y de la totalidad de especies permitidas;
Que obran los pertinentes dictámenes técnico y legal favorables al dictado de la presente;
Par ello, EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Reglamento de Pesca Deportiva para la Temporada 2021- 2022, conforme las condiciones establecidas en el Anexo I que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de la pandemia desatada por el virus COVID-19, DEJAR
ESTABLECIDO que los alcances y vigencia de la presente quedan supeditados al "Protocolo Sanitario que como Anexo II forma parte de la presente como asimismo a las medidas sanitarias de aislamiento y/o circulación y/o reunión dictadas y/o a ser dictadas en la materia por las autoridades nacional, provinciales y municipales.
ARTÍCULO 3º.- SOLICITAR a los Clubes de Pesca, Organizaciones No Gubernamentales y deportistas en general, la difusión de la práctica de la pesca deportiva en el marco de lo aquí reglado, ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR la presente al Programa Fiscalización y Control de estar Secretaría, al Ministerio de Turismo y Deportes de Salta, a la Policía de la provincia de Salta y a Gendarmería Nacional, con copia de la presente, determinando por su intermedio el conocimiento a todas las dependencias. Otorgar a la presente amplia difusión por parte de la prensa oral, escrita, y televisiva, registrar, publicar y archivar.
Aldazabal VER ANEXO
Fechas de publicación: 08/07/2021
OP N: SA100038620
ACORDADAS
ACORDADA N 13.414
CORTE DE JUSTICIA DE SALTA
En la ciudad de Salta, a los 06 días del mes de julio del año dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras
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