Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/07/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.025
Salta, jueves 8 de julio de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

general y en especial las de mayor interés deportivo;
Que en un novedoso pronunciamiento judicial autos: MERCADO, Amelia Emilia y otros vs. MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, PROVINCIA DE Salta; MAROZI SRL Amparo Colectivo, Expte Nº INC 380533/2 de la Sala III de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civ. Y Com. de Salta, se dispuso la instalación de un cordón sanitario y la difusión de la situación ambiental y sanitaria del río Arenales, a fin de salvaguardar la salud de los habitantes ribereños y de todos aquellos que pudiesen tomar contacto con el curso de agua", razón por la cual se hace necesario instaurar la veda total en dicho curso de agua para la práctica de la pesca deportiva, en cualquiera de sus modalidades;
Que a su turno, el Plan de Manejo del Parque Provincial Pintascayo no permite la práctica de la pesca deportiva entre el Angosto del Pescado y la Junta del río Pescado con el río Iruya;
Quo la zona del río Juramento, aguas abajo del embalse El Tunal, posee gran importancia turística, recreativa y deportiva, por contar con importantes poblaciones de dorado Salminus brasiliensis, entre otras especies de valor deportivo;
Que la zona del río Juramento comprendida entre el dique compensador Peñas Blancas y el dique derivador Miraflores, posee gran importancia turística, recreativa y deportiva por existir poblaciones de dorados Salminus brasiliensis, pero además esta zona presenta cierta fragilidad biológica por ser un ecosistema fragmentado;
Que, dadas las condiciones biológicas del río Juramento, se considera adecuado incorporar al presente reglamento, la prohibición de la pesca embarcada a motor para este ambiente;
Que la modalidad de pesca y devolución es una actividad incipiente, no extractiva y altamente recreativa, compatible con la conservación de los recursos, por lo que se cree conveniente implementarla en el tramo del río Juramento comprendido entre el dique compensador Peñas Blancas y el dique derivador Miraflores;
Que investigadores de la Fundación Miguel Lillo han realizado estudios científicos sobre la biología reproductiva del dorado Salminus brasiliensis en el río Juramento, cuyo resultado preliminares muestran que a fines del mes de octubre ya se encuentran ejemplares de la especie dorado Salminus brasiliensis gonadalmente maduros o en proceso de maduración;
Que existen estudios realizados en diferentes especies de peces de interés deportivo que evidencian que el empleo de cebos y/o carnadas naturales causan una mortalidad del orden de diez veces mayor que la originada por los cebos artificiales;
Que la tararira Hoplias malabaricus es una especie autóctona que habita comúnmente los cuerpos de agua de la provincia de Salta;
Que existe abundante información y conocimientos generales acerca de su biología, distribución y hábitos;
Que resulta adecuado establecer una veda diferenciada para esta especie con el objeto de lograr un manejo sostenible del recurso;
Que la especie en cuestión es de gran atractivo para la pesca deportiva;
Que las características bio-ecológicas de esta especie permiten incluir la modalidad de captura con devolución;
Que los ríos Dorado y Del Valle nacen dentro de la jurisdicción del Parque Nacional El Rey, donde la ictiofauna se encuentra protegida, siendo los referidos cursos de agua endorreicos, que se insumen en el bañado del Quirquincho y que, ocasionalmente durante crecidas extraordinarias, se conectan con el río Bermejo a través de su paleocauce, el rio Teuquito;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/07/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha08/07/2021

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones2486

Primera edición04/01/2016

Ultima edición24/06/2026

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