Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/06/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.999
Salta, martes 1 de junio de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

control de la implementación de todas aquellas otras acciones que resulten pertinentes a los fines del cumplimiento de los objetivos propuestos;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Autoridad Sanitaria, y el servicio jurídico de conformidad con lo previsto en la normativa vigente;
Por ello, en el marco de las competencias previstas por las Leyes Provinciales Nros. 8.188, 8.206, Decreto Nº 190/2021 y de los DNU Nros. 287/2021 y 334/2021, EL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Mantener en los términos establecidos en la Resolución COE Nº 53/2020, la obligatoriedad, de todos los hospitales del sistema público, seguridad social, clínicas privadas y hospitales de fuerzas armadas que presten servicios en la Provincia, mediante la designación de un responsable titular y otro suplente, de comunicar a la Autoridad Sanitaria Provincial y a la Central Operativa de Control y Seguimiento Covid-19 C.O.C.S. Covid-19, de manera inmediata la situación de camas para pacientes adultos COVID-19 y de camas UTI
para pacientes adultos COVID-19 de cada institución, su inventario, ocupación, disponibilidad y movimiento de las mismas, ello a fin de facilitar y agilizar el sistema de referencia y contrareferencia y derivación de pacientes críticos.
Dicha información deberá ser actualizada diariamente en los siguientes horarios:
08:00,18:00 y 24:00 horas o, en lo inmediato, ante la desocupación de camas UTI.
ARTÍCULO 2º.- Establecer, por el plazo de treinta 30 días corridos, la prioritaria, efectiva y obligatoria atención, así como la disposición de camas, la asistencia e internación médica de pacientes afectados por COVID-19 por parte de todos los establecimientos de salud públicos y/o privados, a través de sus servicios de atención ambulatoria, internación intermedia y unidad de terapia intensiva.
ARTÍCULO 3º.- Suspender, a partir del 2º de junio de 2021, y por el plazo de treinta 30
días corridos, todas las intervenciones quirúrgicas cirugías que no sean consideradas de urgencia, ya sea en el sistema privado de salud como en el sistema público, salvo expreso convenio suscrito con el Ministerio de Salud Pública, en el cual se especifiquen cantidad de camas efectivamente asignadas para la atención exclusiva de COVID-19.
ARTÍCULO 4º.- Establecer que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta llevará a cabo el control y la fiscalización de la medida dispuesta en el artículo precedente.
ARTÍCULO 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Aguilar - Esteban - Posadas
Fechas de publicación: 01/06/2021
OP N: SA100038317

LICITACIONES PÚBLICAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 6/21
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE PROCESOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA - UCEPE

Pág. N 22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/06/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha01/06/2021

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones2483

Primera edición04/01/2016

Ultima edición19/06/2026

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