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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/01/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.901
Salta, viernes 8 de enero de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Salta, mediante Acta Nº 2406, verificó y resolvió que el Escribano Carlos Diego Alsina Aráoz cumplimentó con las obligaciones legales, profesionales y reglamentarias, dispuestas por la citada normativa;
Que por no existir Registros Notariales vacantes con asiento en esta ciudad, para su creación correspondería el Nº 222;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4º de la Ley Nº 6.486, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase el Registro Notarial Nº 222, con asiento en la ciudad de Salta.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase al Escribano CARLOS DIEGO ALSINA ARÁOZ, DNI Nº 28.251.611, como titular del Registro Notarial Nº 222 con asiento en la ciudad de Salta, en mérito a las razones enunciadas en el considerando precedente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - Villada I
Fechas de publicación: 08/01/2021
OP N: SA100037080
SALTA, 05 de Enero de 2021
DECRETO Nº 3
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº 411-321451/2020
VISTO el Decreto Nº 772/2020 por el que se aprobó el Convenio Marco de Adhesión al "Programa Federal Argentina Construye Solidaria", suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación y la Provincia de Salta; y, CONSIDERANDO:
Que el citado Programa fue creado por la Resolución Nº 53/2020 del Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat de la Nación, destinado al financiamiento de la compra de materiales para la ejecución de obras menores en sedes de organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas o mutuales debidamente autorizadas y entidades eclesiásticas reconocidas oficialmente, por considerar que dichos espacios, implican un punto de encuentro y de satisfacción de las necesidades básicas de los vecinos;
Que asimismo aprueba el Modelo de Convenio Marco de Adhesión de los Municipios al referido Programa, a suscribirse entre las Provincias y los Municipios;
Que a tales fines, resulta necesario autorizar a la Coordinación Interministerial dependiente de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, a suscribir los Convenios con los Municipios de la Provincia tendientes a la ejecución del "Programa Federal Argentina Construye Solidaria";
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