Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Miércoles, 25 de septiembre de 2019 Núm. 115

3

Administración Autonómica JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE PALENCIA

SERVICIO TERRITORIAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ÁREA

DE

ESTRUCTURAS AGRARIAS

AVISO

TOMA DE POSESIÓN DE LAS NUEVAS FINCAS DE REEMPLAZO DE LA ZONA DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE
PAJAREJOS-PALENZUELA PALENCIA
Visto el acuerdo de Concentración Parcelaria de la Zona de Pajarejos Palenzuela Palencia, este Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Palencia, en base a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 14/1 990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones delegadas mediante Decreto 83/1996, de 28 de marzo, acuerda dar la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo, ajustándose a las siguientes condiciones:
Los nuevos propietarios entrarán en posesión de la totalidad de la superficie de las fincas de reemplazo, el día siguiente a la publicación de este aviso en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de Palencia.
Los propietarios y cultivadores, deberán abstenerse de realizar labores de cultivo en las parcelas antiguas, aportadas e incluidas en concentración, que no hayan sido adjudicadas en la nueva distribución de la propiedad.
Los árboles que perteneciendo a parcelas antiguas no estén incluidas en las nuevas tincas de reemplazo del mismo propietario, podrán ser cortados por sus antiguos dueños en el plazo de treinta días siempre y cuando saquen también los correspondientes tocones o salvo existencia de acuerdo mutuo entre antiguo y nuevo propietario.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 0K3V4J1C654P3N1R0JP3

Todos los propietarios y cultivadores quedan obligados a respetar la nueva red de caminos y sendas establecidos en el Acuerdo de Concentración Parcelaria, quedando totalmente prohibido sembrar o realizar labores en dichas superficies.
Según dispone el artículo 56 de la Ley de Concentración Parcelaria, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de ellas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre las diferencias superiores al dos por ciento entre la superficie real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, mediante escrito dirigido al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Palencia, Área de Estructuras Agrarias, Avda. Casado del Alisal, 27.
Palencia, 18 de septiembre de 2019.- El Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, José Félix de la Cruz Macho.
2501

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha25/09/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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