Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Diciembre de 2019

Nº 5836

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 34 PAGINAS

Tel. 02920 - 423512
Laprida 212 - 8500 Viedma
"Publicación única semanal.
Asuetos según Decreto 281 y Feriados "

Sumario en Pág. 34

DECRETOS

Que a fojas 130 ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto, dándose cumplimiento a lo normado por el Artículo 35 de la Ley N 5.334;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación del Ministerio de Salud, la Secretaria de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 05234-19 a fojas 139;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Promover a los Grados y desde las fechas que en cada caso se indica, a los agentes comprendidos en la Ley L N 1.904 con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central dependientes del Ministerio de Salud que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Por el Departamento de Sueldos proceder a liquidar las diferencias de grados desde las fechas que en cada caso corresponda, por los motivos expuestos en el presente Decreto.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de de Salud.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- L. F. Zgaib.-

DECRETO Nº 1807
Viedma, 04 de Diciembre de 2019.Visto, el Expediente N 34.581-S-2.019, del Registro del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramitan las promociones automáticas de los agentes comprendidos en la Ley L N 1.904, con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central dependientes del Ministerio de Salud;
Que a fojas 65/133 obran las Certificaciones elaboradas por la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación;
Que el Artículo 8 de la Ley L N 1.904 establece: que las promociones a los Grados subsiguientes se harán cada cuatro 4 años de servicios consecutivos, en zonas inhóspitas o cada cinco 5 años de servicios en las demás zonas;
Que mediante Acta N 02/07 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, se establece por excepción y hasta tanto se implemente el Escalafón aprobado por la Ley L N 3.487, la dispensa del cumplimiento de la exigencia de evaluación anual para todos aquellos casos en los que la Ley N 1.904 y sus normas reglamentarias lo requiera a efectos de la promoción automática de técnicos y profesionales de la salud;
Que en cumplimiento de las normas señaladas y conforme los alcances que las mismas determinan, corresponde promover y reubicar al personal que revista en el Escalafón de la Ley L N 1.904, al reunir los requisitos exigidos;

ANEXO AL DECRETO Nº 1807
Promociones Automáticas Personal Planta Permanente Ley Nº 1.904
Legajo
D

Apellido y Nombre
CUIL

Mesa
Programa
Agrup.

Cat.de Rev.

Fecha Ult. Asc.

Grado Fecha de Ascenso Ascenso
Firmado Digitalmente por GUILLERMO M. CEBALLOS - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5836.pdf
LSGH

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/12/2019

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones1908

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/04/2024

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