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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/12/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro
Viedma, 16 de Diciembre de 2019
Nº 5834
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 36 PAGINAS
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 36
DECRETOS
Humanos, Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 05235/19;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1 .- Promover en forma automática en los términos de la Ley L
N 1.844 Anexo II Artículo 23, a los agentes del Agrupamiento Servicio de Apoyo, detallados en el Anexo 1 que forma parte integrante de este Decreto.Art. 2.- El gasto que demande el presente Decreto, para su cumplimiento será imputado al Presupuesto 2019 - Jurisdicción 16 Programa 01.00.00.01
conforme al detalle obrante a Fs. 330 y Jurisdicción 45 Programas 01.00.00.01 - 03.00.00.07 - 11.00.00.01 - 12.00.00.03 - 13.00.00.01 13.00.00.02 - 14.00.00.01 - 14.00.00.05 - 18.00.00.01 - 28.00.00.01 conforme al detalle obrante a Fs. 331/332.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación y Derechos Humanos.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- M. E. Silva.-
DECRETO Nº 1629
Viedma, 21 de Noviembre 2019
Visto: el Expediente N 28.927-EDU-2.019, del Registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación y Derechos Humanos procede a realizar las promociones automáticas de categorías del personal comprendido en el Agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1.844;
Que obran las situaciones de revista de los agentes que cumplen los requisitos de ser promocionados en forma automática conforme lo establecido en la Ley L N 1.844 Anexo II Artículo 23, según detalle de la planilla anexa del presente Decreto;
Que a través del Área de Liquidaciones corresponde abonar las diferencias salariales devengadas que correspondan;
Que a fojas 334 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Artículo 35 de la Ley N 5.334;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos
MINISTERIO DE EDUCACIÓN y DERECHOS HUMANOS ANEXO DECRETO Nº 1629
Ley L Nº 1.844 - Personal Servicio de Apoyo 01/05/2019 hasta 31/08/2019
Firmado Digitalmente por GUILLERMO M. CEBALLOS - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5834.pdf