Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 8 de Marzo de 2019

BOLETIN OFICIAL N 5754

Bases y Condiciones que sirve de base a la presente contratación, ordenar el pago de Pesos Doscientos Setenta y Siete Millones Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Uno con 95/100 $ 277.249.201,95, abonándose ambos conceptos e importes, con el recurso 24123 Venta Títulos Operatoria Ley 5201 Plan Castello, a favor de la UTE Electrificadora Del Valle S.A.
CUIT: 30-66195744-8/ Quantum S.R.L CUIT: 30-68448730-9/ Sylpa S.R.L CUIT: 30-55941451-0, con domicilio en General Roca N 340, Piso 1, Departamento J, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, en concepto de la presente Licitación Pública de acuerdo a lo expresado en el Artículo 3.Art. 7.- Solicitar al Ministerio de Economía instruya al agente fiduciario, Banco Patagonia S.A., a ordenar los pagos que se generen del artículo anterior, a la UTE Electrificadora Del Valle S.A. CUIT: 30-66195744-8/ Quantum S.R.L CUIT: 30-68448730-9/ Sylpa S.R.L CUIT: 30-55941451-0, con domicilio en General Roca N 340, Piso 1, Departamento J, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro.Art. 8.- Autorizar al Presidente de Transcomahue S.A a firmar el contrato respectivo con la UTE Electrificadora Del Valle S.A. CUIT: 30-661957448/ Quantum S.R.L CUIT: 30-68448730-9/ Sylpa S.R.L CUIT: 3055941451-0, con domicilio en General Roca N 340, Piso 1, Departamento J, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, dentro del plazo establecido por el Artículo 26 de la reglamentación de la Ley N 286 de Obras Públicas.Art. 9.- Notificar al Consejo de Obras Públicas.Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Economía y de Gobierno.Art. 11.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. A. Domingo. L. Di Giácomo.

CONTRATO N 2018
Entre Transcomahue S.A., en adelante TRANSCOMAHUE S.A. CUIT:
30-60957317-1 y la UTE ELECTRIFICADORA DEL VALLE S.A. CUIT:
30-66195744-8.- QUANTUM S.R.L CUIT: 30-68448730-9.- SYLPA
S.R.L CUIT: 30-55941451-0, en adelante EL CONTRATISTA, que fija su domicilio legal en calle General Roca N 340, Piso 1, Departamento J, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.
Artículo 1: EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar en arreglo a su fin, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el Artículo 2, la obradenominada: PLAN
CASTELLOOBRAS ELECTRICASLINEA DE ALTA TENSION EN
132 KV POMONA - EL SOLITO, sito en la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro.
Art. 2: La documentación que integra este CONTRATO está compuesta por: Carátula e índice General fojas294-297; Memoria Descriptiva fojas 298-301; Pliego de Bases Legales Generales fojas 302-313; Pliego de Bases Legales Particulares fojas 314-328; Modelo de Contrato fojas 330332; Modelo de Cartel de Obra foja 334; Especificaciones Técnicas Generales fojas36-75; Especificaciones Técnicas Particulares fojas 77-245;
Planilla Modelo de Propuesta fojas 337-341; Planos fojas 246-292;
Planilla de Cómputo y Presupuesto foja 336; y todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual; dicha documentación se completará conResolución N 092/2018, aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rige el presente contrato se integra por: Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N 18, de adjudicación que corren agregados al Expediente N
27-AA-2018, y las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.
Art. 3: La obra se contrata por el sistema de Ajuste alzado, estableciéndose como única retribución a EL CONTRATISTA, el monto de su oferta básica que asciende en la suma total de Pesos Trescientos Veintiséis Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Quinientos Treinta y Uno con 71/100 $ 326.175.531,71. Será de aplicación el Decreto N 1313/
2014 si correspondiere. El mes base para la Redeterminación de Precios es el anterior a la Apertura de Ofertas.
Art. 4: TRANSCOMAHUE S.A. en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N 50 de -la Ley J N 286 de Obras Públicas, anticipará un quince por ciento 15% del Monto Contractual que asciende a la suma total de Pesos Cuarenta y Ocho Millones Novecientos Veintiséis Mil Trescientos Veintinueve con 76/100 $ 48.926.329,76, lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro N Art. 5: TRANSCOMAHUE S.A. acepta el precio establecido en el Artículo 3º, y se compromete a abonar a través los certificados de obra hasta la misma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcial y provisoria y conforme al cómputo aprobado y visado por la inspección y
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la Inspección de Obras respectivamente: En consecuencia, los pagos que se realicen tendrán carácter de pagos a cuenta de mayor cantidad, sin que ello implique la aceptación de los trabajos.
Art. 6: EL CONTRATISTA acepta que el pago del anticipo financiero y los certificados de obra que se emitan será efectuado a través del Agente Fiduciario Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello Banco Patagonia S.A. conforme Resolución N 115/2017
contratado por LA PROVINCIA para administrar el Fondo Fiduciario de DesarrolloRionegrino Plan Gobernador Castello, de conformidad con lo establecido por la Ley Provincial N 5201.
Art. 7: EL CONTRATISTA, dará inicio de Obra a partir de la firma del Acta de Inicio de Obra conforme el Apartado 19 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminados los trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de cuatrocientos ochenta 480 días corridos, contados a partir del inicio de obra. Asimismo EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.
Art. 8: EL CONTRATISTA deberá presentar el Plan gráfico de trabajos, dentro de unplazo de quince 15 días de firmado el Contrato. El no cumplimiento de estos requisitos hará pasible al Contratista de una multa por cada día de demora equivalente al cero como cero setenta y cinco por ciento 0,075% del Monto del Contrato Actualizado a la fecha del incumplimiento.
Art. 9: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de los trabajos, motivo de este contrato, no libera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades emergentes de los Artículos 747, 1268, 1269, 1271 y 2564 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Art. 10: La inspección, contralor y dirección de los trabajos, motivo de este contrato, será ejercida por la Inspección Obras, aceptando EL
CONTRATISTA su jurisdicción como así también la de los servicios y agentes dependientes de la misma.
Art. 11: EL CONTRATISTA, afianza el fiel cumplimiento del presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N por lasuma total de Pesos Cuarenta y Ocho Millones Novecientos Veintiséis Mil Trescientos Veintinueve con 76/100 $ 48.926.329,76, que cubre el quince por ciento 15%, extendida porFianzas y Créditos S.A, del importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendida queda bajo custodia de la Inspección de Obras.
Art. 12: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
Siendo suscripto por los Señores: Marcos Crescimone D.N.I. 31.240.602, en representación de TRANSCOMAHUE S.A., y en representación de EL CONTRATISTA, por el Señor en prueba de conformidad, en la ciudad de Cipolletti, de la Provincia de Río Negro a dos mil dieciocho, se firman ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. El Original debidamente estampillado, queda en poder de TRANSCOMAHUE S.A., el duplicado para EL CONTRATISTA, el triplicado para ser agregado al Expediente citado en el Artículo 2 y el cuadruplicado para ser remitido al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
oOo DECRETO Nº 1954
Viedma, 28 de Diciembre de 2018.
Visto: El Expediente N 28-AA-2018, del registro de la Empresa Transcomahue Sociedad Anónima, y, CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la ejecución de la obra Plan Castello Obras Eléctricas - Línea de Alta Tensión en 132 kV: El Solito General Conesa, en la provincia de Río Negro;
Que en el marco de la Nota N 48 de fecha 18 de abril de 2018 se instruyó a Transcomahue S.A. licitar la construcción de la obra Línea de Alta Tensión en 132 kV: El Solito General Conesa que forma parte del Plan Castello Obras Eléctricas Foja 02;
Que mediante Resolución N 093/18 del Registro de Transcomahue S.A
se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se procedió al llamado a Licitación Pública fojas 382/383;
Que se ha cumplido con las invitaciones que exige la legislación vigente a fojas 704-738;
Que a fojas 2761-2763 se encuentran los correspondientes recibos de venta de pliego de las empresas adquirientes y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados respectivamente;
Que a fojas 739/765-772/799-871/888/914-916/937-944, lucen agregadas las circulares sin consulta N 01 a N 07, junto a la constancia de notificaciones de la empresa, por la cual se introdujeron aclaraciones al proceso licitatorio;

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5754.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha08/03/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1903

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/03/2024

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