Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/07/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 26 de Julio de 2018

Nº 5690

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 30 PAGINAS

Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 30

DECRETOS

DECRETO Nº 672
Viedma, 8 de Junio de 2018.
Visto: El Expediente N 108.551-S-2.017, del Registro del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramitan las promociones automáticas de los agentes comprendidos en la Ley L N 1.844, modificada por la Ley Nº 4.541, con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central, dependientes del Ministerio de Salud;
Que se trata de promociones a las categorías inmediatas superiores que no fueron gestionadas oportunamente;
Que las promociones de categoría se encuadran dentro de los términos de los Artículos 12, 15, 23 y 27 Anexo II de la Ley L Nº 1.844, modificada por la Ley N 4.541;
Que en cumplimiento de las normas señaladas y conforme los alcances que las mismas determinan, corresponde promover al personal que revista en el Escalafón de la Ley L N 1.844, modificada por la Ley N 4.541, al reunir los requisitos exigidos;
Que a fojas 81, ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto, dándose cumplimiento a lo normado por el Artículo 33 de la Ley N 5.260;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación, la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N
02189-18 obrante a fajas 150 y vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181º Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Promover en las categorías y desde las fechas que en cada caso se indica, a los agentes comprendidos en la Ley L N 1.844, modificada por la Ley N 4.541, con funciones en los distintos Hospitales y en Organismo Central, dependientes del Ministerio de Salud, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, en cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 12, 15, 23 y 27 Anexo II de la Ley L N 1.844, modificada por la Ley Nº 4.541.Art. 2.- Por el Departamento de Sueldos procédase a la liquidación de las diferencias de categorías desde la fecha que en cada caso corresponda, por los motivos expuestos en el presente Decreto.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Sr Ministro de Salud.
Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. L. F. Zgaib.

ANEXO AL DECRETO Nº 672
Promociones Automáticas Personal Planta Permanente Escalafón Ley L Nº 1.844

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5690.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/07/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha26/07/2018

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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