Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/02/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 05 de Febrero de 2018

Nº 5641

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 12 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 12

DECRETO DE NATURALEZA
LEGISLATIVA

DECRETO D.N.L. Nº 01
Art. 181 Inc. 6º de la Constitución Provincial Viedma, 31 de Enero de 2018.
Visto: El Expediente Nº 005.956-ALT-18 del Registro del Ministerio de Economía, las Leyes Nacionales N 25.917 y Nº 27.428, la Ley Provincial Nº 5.262, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nacional N 25.917 se creó el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal con el objeto de establecer reglas generales de comportamiento fiscal y dotar de una mayor transparencia a la gestión pública;
Que la Ley Provincial H Nº 3.886 adhirió en todo sus términos a la Ley Nacional Nº 25.917 denominada "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal";
Que el Decreto N 1.731/2.004 aprobó la Reglamentación del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal - Ley Nacional N 25.917;
Que la Provincia de Río Negro integra el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal;
Que, con la sanción de la Ley Nacional N 26.530, se modificaron artículos de la Ley Nacional N 25.917, en cuanto a su alcance y vigencia, invitando a las provincias a adherir a la misma;
Que la Provincia de Río Negro ha adherido al régimen señalado en ejercicios anteriores establecido, entre ellas, en la Ley Nacional N 26.530
mediante la sanción de la Leyes Provinciales H N 3.886, Ley H N 4.463
y el Decreto de Naturaleza Legislativa H N 02/11;
Que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante la Nota N 130 de fecha 22/
12/16, invitó a las provincias a adherirse al Capítulo IX "Del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal" de la Ley N 25.917 conforme modificación de la Ley N 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2.017;
Que mediante la Ley Provincial Nº 5.189, la Provincia de Río Negro adhirió a lo dispuesto por el Capítulo IX "Del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal" de la Ley N 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2.017, de acuerdo a las consideraciones efectuadas;
Que la Ley Nacional Nº 27.428 modificó a la Ley Nacional Nº 25.917, estableciendo el "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno", sustituyendo artículos e incorporando nuevos;
Que el 16 de noviembre de 2.017 se suscribió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Convenio denominado "Consenso Fiscal" entre el Poder Ejecutivo Provincial y Nacional, ratificado por el Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 5.262;
Que el "Consenso Fiscal" establece en el "Punto I. COMPROMISOS
COMUNES" que las provincias se comprometen, en el ámbito de sus competencias, a arbitrar todos los medios a su alcance para aprobar el proyecto de modificación de la Ley de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno y adherir a ese régimen y sus modificaciones antes del 30 de junio de 2.018;

Que el Artículo 22º de la Ley Nacional 25.917, según modificación del Artículo 16º de la Ley Nacional Nº 27.428, establece mecanismos que permiten a la Provincia a acceder a nuevo endeudamiento cuando el mismo constituya un refinanciamiento del existente y en la medida en que tal refinanciación resulte un mejoramiento de las condiciones pactadas en materia de monto o plazo o tasa de interés aplicable, y/o los financiamientos provenientes de Organismos Multilaterales de Crédito o préstamos con características de repago/devolución similares, y de programas nacionales, en todos los casos sustentados en una programación financiera que garantice la atención de los servicios pertinente;
Que tal acceso al refinanciamiento de pasivos no es posible en el marco de la Ley Nacional 25.917, sin las modificaciones de la Ley Nacional Nº 27.428;
Que el Artículo 25º de la Ley Nacional 25.917, según modificación del Artículo 17º de la Ley Nacional Nº 27.428, permite a los Gobiernos Provinciales acceder a operaciones de endeudamiento con organismos que no pertenezcan al Sector Público no Financiero, siempre que cumpla con el trámite establecido en dicha norma y con autorización del Gobierno nacional;
además, las provincias podrán acceder a operaciones de endeudamiento provenientes de programas con financiamiento de Organismos Multilaterales de Crédito y de programas nacionales, siempre que el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal no informe incumplimiento de los principios y parámetros de la presente ley; adicionalmente, se determina que el Gobierno nacional implementará un tratamiento diferenciado para el análisis de las operaciones de refinanciamiento y amortización de la deuda del presupuesto en ejecución;
Que la adhesión a las modificaciones de la Ley Nacional Nº 27.428
resulta imperiosa para iniciar los trámites y poder acceder con la mayor celeridad posible al refinanciamiento de pasivos en mejores condiciones que las existentes, conforme lo establecido en los Artículos 22º y 25º de la Ley De Responsabilidad Fiscal modificada por la ley antes citada;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos anteriores, se encuentran configuradas las condiciones de la necesidad y urgencia para el dictado del presente instrumento normativo, toda vez que resulta la vía constitucional idónea, permitiendo satisfacer las necesidades financieras de la provincia en el plazo más breve posible;
Que se han cumplimentado los recaudos exigidos por el Artículo 181
Inciso 6 de la Constitución Provincial, sometiéndose el presente al Acuerdo General de Ministros, previa consulta al Señor Presidente de la Legislatura Provincial y al Señor Fiscal de Estado, por lo que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la mencionada norma;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro en Acuerdo General de Ministros DECRETA:
Artículo 1º.- Adhiérase en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27.428, modificatoria de la Ley Nacional Nº 25.917, que establece el "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno", de acuerdo a las consideraciones efectuadas y cuyo texto se declara parte integrante del presente.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5641.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/02/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/02/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1908

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/04/2024

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