Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Marzo del 2002

3

BOLETIN OFICIAL N 3979

3.- Regístrese, comuníquese al responsable del inmueble, a la Gerencia de Catastro, a la Dirección General de Rentas, a la Delegación Zonal Sudoeste, y Areas de la Repartición que corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General de Catastro e Información Territorial.
oOo Resolución Nº 020/02
Viedma, 21 de marzo del 2002.
Visto, el Expte. N 47.016-C-02 en el que se ha incorporado reclamo referido a la valuación catastral del inmueble individualizado mediante la siguiente Nomenclatura Catastral: Departamento Catastral 18, Circunscripción 1, Sección A
Manzana 291, Parcela 26, y CONSIDERANDO:
La documentación agregada al citado expediente y la inspección realizada por personal del Area Relevamiento de Accesiones, del cual surge que es necesario hacer lugar al reclamo;
Que es procedente la modificación de valuación en virtud de lo establecido por el Art. 82 de la Ley 3.483.
Pqr ello, El Director General de Catastro e Información Territorial R E S U E LV E :
1.- Fijar como valuación catastral vigente para el inmueble individualizado como Departamento Catastral 18, Circunscripción 1 Sección A, Manzana 291, Parcela 26, la siguiente:
Valor Tierra $ 2.741,76
Valor Mejoras $ 18.566,40

Valor Total $ 21.308,16
2.- Informar al responsable de la parcela afectada por la valuación modificada por la presente Resolución, que por razones de incorporación de tales modificaciones a registros computarizados, es posible que la valuación catastral anterior continúe apareciendo por cierto período en Padrones y recibos del impuesto inmobiliario. No obstante el valor catastral vigente es el fijado por esta Resolución.
3.- Regístrese, comuníquese al responsable del inmueble, a la Gerencia de Catastro, a la Dirección General de Rentas, y Areas de la Repartición que corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General de Catastro e Información Territorial.
oOo Resolución Nº 021/02
Viedma, 21 de marzo del 2002.
Visto, el Expte. N 47.015-C-02 en el que se ha incorporado reclamo referido a la valuación catastral del inmueble individualizado mediante la siguiente Nomenclatura Catastral: Departamento Catastral 19, Circunscripción 1, Sección P, Manzana 727, Parcela 04, y CONSIDERANDO:
La documentación agregada al citado expediente y la inspección realizada por personal de la Delegación Zonal Sudoeste y el informe confeccionado por el Area Relevamiento de Accesiones, del cual surge que es necesario hacer lugar al reclamo;
Que es procedente la modificación de valuación en virtud de lo establecido por el Art. 82, Inc. e de la Ley 3.483.
Por ello, El Director General de Catastro e Información Territorial R E S U E LV E :
1.- Fijar como valuación catastral vigente para el inmueble individualizado como Departamento Catastral 19, Circunscripción 1, Sección P, Manzana 727, Parcela 04, la siguiente:
Valor Tierra $ 2.268,74
Valor Mejoras $ 17.932,30

Valor Total $ 20.201,04
2.- Informar al responsable de la parcela afectada por la valuación modificada por la presente Resolución, que por razones de incorporación de tales modificaciones a registros computarizados, es posible que la valuación catastral anterior continúe apareciendo por cierto período en Padrones y recibos del impuesto inmobiliario. No obstante los valores catastrales vigentes son los fijados por esta Resolución.
3.- Regístrese, comuníquese al responsable del inmueble, a la Gerencia de Catastro, a la Dirección General de Rentas, Delegación Zonal Sudoeste, y Areas de la Repartición que corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General de Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 022/02
Viedma, 22 de marzo del 2002.
Visto, el expte. N 47.017-C-02 en el que se ha incorporado reclamo referido a la valuación catastral del inmueble individualizado mediante la siguiente Nomenclatura Catastral: Departamento Catastral 08, Circunscripción 1, Sección G, Chacra 001, Parcela 07, y CONSIDERANDO:
La documentación agregada al citado expediente y el informe producido por el Area Tasaciones - Nota N 02/2002, la que en base a ello solicita se haga lugar al reclamo, fijando las nuevas valuaciones que dicha área ha determinado;
Que es procedente la modificación de valuación, por aplicación del Art. 82, Inc.
e de la Ley 3.483.
Por ello, El Director General de Catastro e Información Territorial R E S U E LV E :
1.- Fijar como valuación catastral vigente para los inmuebles designados catastralmente como se detalla, las que figuran en el Anexo I que se adjunta a la presente Resolución.
2.- Informar al responsable de la parcela afectada por la valuación modificada por la presente Resolución, que por razones de incorporación de tales modificaciones a registros computarizados, es posible que la valuación catastral anterior continúe apareciendo por cierto período en Padrones y recibos del Impuesto Inmobiliario. No obstante los valores catastrales vigentes son los fijados por esta Resolución.
3.- Regístrese, comuníquese al responsable del inmueble, a la Gerencia de Catastro, a la Dirección General de Rentas, y Areas de la Repartición que corresponda, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Gral. de Catastro e Información Territorial.

ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 022/02
Nomenclatura Catastral 8-1-G-001-03
8-1-G-001-05
8-1-G-001-06
8-1-G-001-07
8-1-G-003-01
8-1-G-003-02
8-1-G-003-04
8-1-G-003-05
8-1-G-003-06
8-1-G-003-07
8-1-G-004-02
8-1-G-004-03
8-1-G-004-04
8-1-G-004-05
8-1-G-004-06
8-1-G-004-07
8-1-G-004-08
8-1-G-004-09
8-1-G-005-02A
8-1-G-005-04A
8-1-G-005-04B
8-1-G-005-05
8-1-G-005-06
8-1-G-005-07
8-1-G-005-08
8-1-G-005-09
8-1-G-005-10
8-1-G-005-12
8-1-G-005-13
8-1-G-005-16
8-1-G-005-17
8-1-G-005-18
8-1-G-005-20
8-1-G-005-21
8-1-G-006-07
8-1-G-006-09
8-1-G-006-11
8-1-G-008-06
8-1-G-008-09
8-1-H-003-02
8-1-H-003-03
8-1-H-004-01
8-1-H-004-02
8-1-H-005-07
8-1-H-005-08
8-1-H-005-10

Valor Tierra 3.136,05
2.701,15
3.053,94
40.271,76
6.570,89
4.066,11
2.886,35
2.378,49
10.203,45
11.257,61
678,33
6.602,20
7.296,45
6.609,65
12.513,04
3.301,10
6.839,21
7.711,21
11.953,71
900,61
1.616,36
2.788,50
3.770,87
3.310,41
3.310,41
3.310,41
3.310,41
3.310,41
3.310,41
3.307,70
3.310,41
3.310,41
3.310,41
3.310,41
6.602,20
6.602,20
3.301,10
10.064,30
5.031,90
15.743,04
33.934,99
19.666,61
26.511,07
3.301,10
3.301,10
2.987,92

Valor Mejoras 6.611,09
8.199,97
3.384,87
6.636,03
9.975,39
12.983,89
4.757,74
5.094,38
2.367,65
9.871,44
249,05
13.016,78
12.158,36
28.512,95
3.902,45
5.355,89
3.655,58
2.248,43
25.941,92
4.013,10
18.560,15
4.798,26
25.826,43
8.086,98
8.318,41
7.620,06
19.776,55
32.337,78
1.823,43
10.775,68
1.868,31
8.666,42
947,56
4.282,56
2.653,32
7.476,21
15.243,85
4.586,78
5.167,94
14.302,53
10.546,74
12.693,86
1.704,83
2.484,69
27.026,00
5.528,88

Valor Total 9.747,14
10.901,12
6.438,82
46.907,78
16.546,28
17.050,01
7.644,09
7.472,86
12.571,10
21.129,05
927,38
19.618,98
19.454,82
35.122,60
16.415,49
8.656,99
10.494,79
9.959,63
37.895,63
4.913,71
20.176,51
7.586,76
29.597,31
11.397,39
11.628,83
10.930,47
23.086,96
35.648,20
5.133,84
14.083,38
5.178,72
11.976,84
4.257,97
7.592,97
9.255,53
14.078,41
18.544,96
14.651,08
10.199,83
30.045,57
44.481,73
32.360,47
28.215,89
5.785,79
30.327,10
8.516,80

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 26/03/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha26/03/2002

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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