Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 13/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 155

Jueves, 13 de agosto de 2020

Pág. 3

III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
AREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ANUNCIO DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONESVIVIENDA
JOVEN DESTINADAS AL ALQUILER DE LA VIVIENDA PARA EL FOMENTO DEL
ESTABLECIMIENTO Y FIJACIÓN DE LA POBLACIÓN JOVEN EN EL MEDIO RURAL DE
LA PROVINCIA DE VALLADOLID, AÑO 2020.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Base Duodécima de las que rigen la convocatoria de subvenciones vivienda joven destinadas al alquiler de la vivienda para el fomento del establecimiento y fijación de la población joven en el medio rural de la provincia de Valladolid, año 2020.en relación con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPACAP, se procede a la publicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid nº 84/20, de fecha 24 de julio, por el que se resuelve la citada convocatoria, surtiendo este anuncio los efectos de la notificación:

Pág. 3

Núm. 155
Jueves, 13 de agosto de 2020

sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

cve: BOPVA-A-2020-02633

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

PRIMERO: Conceder, con cargo a la partida 501.15221.480.00, subvención para el pago del alquiler de la vivienda en municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000
habitantes durante seis o nueve, según corresponda meses consecutivos del año 2020
según la base 4º, a las personas solicitantes titulares de los Documentos de Identificación que se relacionan a continuación, y en la cuantía que en cada caso se indica en el anexo.
RECURSOS: Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dicha vía, pueden los interesados interponer, alternativamente, cualquiera de los siguientes recursos:
a.Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha adoptado el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación. Dicho recurso deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes, entendiéndose en caso contrario, presuntamente desestimado.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición cabe recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativos con sede en Valladolid, en los plazos que a tal efecto señala el artículo 46 de la Ley 29/1998.
b.Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo, con sede en Valladolid, en plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Valladolid, a 4 de agosto de 2020, El Presidente Conrado Íscar Ordóñez

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 13/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha13/08/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones5576

Primera edición02/01/2003

Ultima edición16/04/2024

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