Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 31/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 63

Martes, 31 de marzo de 2020

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CIGALES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como de conformidad con el artículo 187 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se da publicidad al Decreto de Alcaldía nº 223 de 19 de marzo de 2020, por el que se aprueba el siguiente Plan de Disposición de Fondos del Ayuntamiento de Cigales:
Plan de disposición de fondos del Ayuntamiento de Cigales 1.-Principios generales a.El Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería del Ayuntamiento de Cigales constituye un instrumento de planificación de la Tesorería Municipal en el que se recogen los criterios a aplicar en la expedición de órdenes de pago y el orden de prioridad en la realización de los mismos.
Tiene por objeto servir de base para una adecuada distribución temporal de los pagos acomodándolos a las disponibilidades de efectivo previstas, según lo recogido en el presupuesto de ingresos del ejercicio, y en consonancia con el calendario fiscal que se apruebe.

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Núm. 63
Martes, 31 de marzo de 2020

2.-Limites Los pagos presupuestarios por ejecución del presupuesto de gastos, se ordenarán por obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los créditos del presupuesto de gastos, atendiendo al grado de vinculación con el que aparezcan en los presupuestos aprobados, conforme a los siguientes criterios:
1.Los pagos correspondientes a los créditos de los siguientes capítulos: capítulo III:
Gastos Financieros; capítulo IX: Pasivos Financieros; capítulo I: Gastos de personal; y capítulo VIII: Activos Financieros por préstamos y anticipos al personal, se ordenarán atendiendo a los respectivos devengos, debiendo reconocerse la obligación correspondiente en función de este principio, que en este caso condiciona la ejecución presupuestaria.

sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: AYUNTAMIENTO DE CIGALES

cve: BOPVA-A-2020-01132

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

b.La gestión de los fondos integrantes de la tesorería, salvo disposición legal en contrario, se realizará bajo el principio de unidad de caja con la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no presupuestarias. Se ordena a la Tesorería Municipal la utilización de todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.

2.La ordenación de pagos correspondientes a los créditos del capítulo II: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios, capítulo IV: Transferencias Corrientes, capítulo VI:
Inversiones Reales y capítulo VII: Transferencias de Capital, se procurará realizar de manera que el importe de cada trimestre natural no exceda de la cuarta parte del crédito inicial más el remanente no dispuesto en los trimestres anteriores, de forma coherente con el reconocimiento de la obligación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 31/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha31/03/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones5576

Primera edición02/01/2003

Ultima edición16/04/2024

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