Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 3/8/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 178

Miércoles, 3 de agosto de 2016

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN REVAL
Gerencia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, en sesión celebrada el día 15 de julio de 2016, ha resuelto aceptar la delegación de las facultades de liquidación y recaudación de los gastos generados por la realización de las actuaciones materiales derivadas de la encomienda de gestión realizada por el Ayuntamiento de San Salvador de Hornija, por la ejecución subsidiaria de la declaración de ruina u orden de ejecución en los inmuebles radicados en su término municipal, con el alcance, contenido y vigencia que se especifica a continuación, para que la Entidad provincial, a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión REVAL, ejerza las facultades objeto de esta delegación.
Ello supone la ampliación de las facultades delegadas que se encontraban actualmente vigentes, siendo el alcance y contenido de las competencias delegadas el siguiente:

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Núm. 178
Miércoles, 3 de agosto de 2016

sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL
organismo: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

cve: BOPVA-A-2016-03537

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

CONTENIDO Y ALCANCE DE LA DELEGACIÓN:
1.-Las facultades de liquidación y recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de los gastos generados por la realización de las actuaciones materiales derivadas de la ejecución subsidiaria de la declaración de ruina u orden de ejecución en los inmuebles radicados en el término municipal de San Salvador de Hornija, en virtud de la encomienda de gestión realizada a la Diputación, delegación que abarcará cuantas actuaciones comprende la gestión recaudatoria de acuerdo con la legislación aplicable.
2.-Una vez efectuada la recaudación, el importe correspondiente al principal de la deuda se abonará por REVAL a la Diputación como compensación de los gastos realizados por la referida ejecución subsidaria detrayéndose de las cantidades recaudadas que periódicamente se liquiden al Ayuntamiento el importe correspondiente a la tasa por los servicios de recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo conforme a los previsto en la vigente Ordenanza reguladora de las Tasas por la prestación de los servicios de recaudación y de gestión tributaria realizados por el Organismo Autónomo REVAL.
3.-En el caso de que la recaudación de estas cantidades por REVAL sea realizada en periodo ejecutivo, se abonará por REVAL al Ayuntamiento el recargo del periodo ejecutivo que corresponda, y a la Diputación el importe correspondiente al principal de la deuda y, además los intereses de demora, todo ello como compensación a los gastos realizados por la ejecución subsidiaria.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 3/8/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha03/08/2016

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones6038

Primera edición02/01/2003

Ultima edición23/03/2026

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