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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 19/12/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
19 Diciembre 2018
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 242
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
TESORERÍA
5164
EDICTO
ANUNCIO DE LA APERTURA DE COBRANZA DEL PADRÓN DE AGUA Y BASURAS
DEL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO 2018
De conformidad con el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes que desde el día 20 de diciembre de 2018 hasta el día 20 de febrero 2019, ambos incluidos, tendrá lugar la COBRANZA TRIMESTRAL, POR RECIBO, EN PERÍODO
VOLUNTARIO, DEL PADRÓN DE AGUA Y BASURAS DEL TERCER TRIMESTRE DEL
AÑO 2018, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 5249, de 13 de diciembre de 2018. Este Padrón comprende la Tasa municipal por el suministro de Agua potable e I.V.A. y la Tasa municipal por recogida domiciliaria de Basuras.
Los recibos domiciliados en las distintas entidades bancarias serán cargados en las cuentas de los sujetos pasivos a partir del día 21 de diciembre de 2018.
Si los recibos no están domiciliados, el Ayuntamiento enviará a los domicilios de los sujetos pasivos, a través del Servicio de Correos, el Documento de Pago del recibo puesto al cobro.
Para realizar su pago existen dos procedimientos:
1.- Pago con tarjeta de crédito en la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Huesca https sede.huesca.es/pagos-online, introduciendo los datos que figuran en el Documento.
2.- Pago en cualquiera de las entidades financieras IBERCAJA, BANTIERRA, CAIXABANK, BANCO DE SANTANDER o BANCO DE SABADELL, mediante la presentación del Documento.
En caso de que el sujeto pasivo no reciba en su domicilio el Documento de Pago, podrá obtener un duplicado del mismo en la Tesorería Municipal o mediante petición al teléfono 974 29 21 04. La no recepción del Documento de Pago no libera del pago ni anula el recargo correspondiente.
El día 21 de febrero de 2019, para aquellos contribuyentes que no hubieran hecho efectivo el pago, se inicia el período ejecutivo, devengándose el recargo ejecutivo del 5%. Una vez notificada la providencia de apremio, se exigirá el recargo de apremio reducido del 10% ó el recargo de apremio ordinario del 20% más intereses de demora y costas del procedimiento.
Huesca, 17 de diciembre de 2018. El Alcalde, Luis Felipe Serrate
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