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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 10/2/2005
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
354
10 febrero 2005
Administración Local AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE HUESCA
SECRETARÍA
603
ANUNCIO
B. O. P. HU.- N.º 28
En cumplimiento del artículo 30 nº 2, apartado a del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se abre información pública, por término de diez días hábiles, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer las observaciones pertinentes.
El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en la Secretaría de este Ayuntamiento.
En Sabiñánigo, a 01 de Febrero de 2005.- El alcalde, Carlos Iglesias Estaún
AYUNTAMIENTO DE MONZÓN
La Alcaldía presidencia con fecha cuatro de febrero de dos mil cinco ha dictado entre otros el siguiente Decreto:
DECRETO DE LA ALCALDÍA.- 365/2005
Con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro la Alcaldía presidencia aprueba con carácter inicial el proyecto de reparcelación voluntaria de la unidad de ejecución discontinua UEE 22-02, con una serie de prescripciones, previo informe de los servicios técnicos municipales y dictamen de la Comisión de Urbanismo.
Con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro se remite al Departamento de Medio Ambiente el proyecto de reparcelación voluntaria para que emitan el informe correspondiente.
Con fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro D. Víctor Sarvise Paules en nombre de la Junta de Compensación el cumplimiento de las prescripciones impuestas en el acuerdo de aprobación inicial en escritura publica complementaria.
Con fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro la Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio remite un escrito alegando que parte de la antigua vía pecuaria cordel de Zaragoza está incluido en el inventario de bienes inmuebles de la Comunidad Autónoma de Aragón como bien de carácter patrimonial, solicitando sea incluida dicha parcela no a efectos de restitución como prevé el proyecto, sino a efectos de aprovechamiento lucrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.2 y 94 de la LUA y en concreto 6.243,10
m2 del citado cordel.
Con fecha uno de diciembre de dos mil cuatro se solicita a la Registradora de la Propiedad certificación de titularidad y cargas de la finca registral 43.200
correspondiente a la vía pecuaria cordel de Zaragoza, en la que se refleja que dicha propiedad es de la Comunidad Autónoma de Aragón como bien de dominio público en virtud de certificación de dominio expedido en Zaragoza el 24 de julio de 2003 por D Gema Gareta Navarro, Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de la DGA, que produjo la inscripción primera.
Examinada la ficha de ordenación y gestión del PGOU correspondiente a la UEE 22-02, en que la citada vía pecuaria no genera edificabilidad debiendo restituirse la misma y examinado el art 105 de la LUA, RESUELVO:
PRIMERO.- Dar por cumplidas las prescripciones impuestas en el acuerdo de aprobación inicial de la reparcelación voluntaria del APE 22-02.
SEGUNDO.- Desestimar la alegación presentada por la Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio del Departamento de Economía Hacienda y Empleo de la DGA en base a la ficha de ordenación y gestión y al artículo 105 de la LUA antes citado, por estar la via pecuaria cordel de Zaragoza, inscrita como bien de dominio público.
TERCERO.- Aprobar definitivamente la reparcelación voluntaria presentada por la Junta de Compensación del APE 22-02 UEE 22-02, suscrita en escritura pública número de protocolo 1.571, ante el Notario D. Francisco Rodríguez Boix y en escritura complementaria número de protocolo 2.312 ante el mismo notario.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso administrativo, ante al Juzgado de lo contencioso administrativo de Huesca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optaran por interponer el recurso de reposición potestativo no podrán interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Huesca, a 07 de febrero de 2005.- El alcalde, Fernando Elboj Broto.
563
ANUNCIO
El Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2003 acordó aprobar inicialmente la modificación de los artículos 58, 70 y 71.1
de la Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Cementerio y de la inclusión en la misma de una Disposición Transitoria.
Transcurrido el periodo de exposición pública del citado acuerdo sin que se hubiesen presentado reclamaciones contra este, en virtud del apartado cuarto del mismo se entiende elevado a definitivo, procediendo en consecuencia a la publicación del texto integro del articulado modificado y la Disposición Transitoria de nueva inclusión cuyo texto es el siguiente:
Artículo 58.- El derecho funerario comprende las concesiones y arrendamientos a que se refiere el presente título. Los derechos funerarios serán otorgados y reconocidos por el Ayuntamiento de acuerdo con las prescripciones de esta Ordenanza.
Artículo 70.- Las concesiones de nichos tendrán una duración de noventa y nueve años y serán improrrogables. A su término, el titular o las personas que se subroguen por herencia y otro título, podrán escoger entre solicitar una concesión o arrendamiento de un nicho o trasladar los restos existentes en el nicho de que se trate a la osera general.
Artículo 71.1.- Los entierros que sucesivamente se realicen en un mismo nicho no alterarán el derecho funerario. Únicamente, si un cadáver es enterrado cuando el plazo que falta para el fin de la concesión, es inferior al legalmente establecido para el traslado o remoción de cadáveres, el citado plazo se prorrogará excepcionalmente por un período de cinco años desde la fecha del entierro.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- El periodo de duración de la concesión de nichos, de noventa y nueve años, será aplicable a todas las concesiones que han tenido lugar desde la entrada en vigor de la presente Ordenanza, el 5 de Septiembre de 1998.
Monzón, 1 de febrero de 2005.- El alcalde, Fernando Heras Laderas.
565
ANUNCIO
El Ayuntamiento de Monzón, en sesión plenaria celebrada el día 31 de enero de 2005 acordó dejar sin efecto el acuerdo adoptado en el Pleno de fecha 29 de diciembre de 2004 relativo a la aprobación inicial del Presupuesto General de la Corporación para 2005. Este acuerdo se halla a exposición pública a raíz de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 8
de fecha 13 de enero de 2005, quedando igualmente la misma sin efecto.
A su vez, el Ayuntamiento de Monzón, en sesión plenaria celebrada el día 31
de enero de 2005, adoptó un nuevo acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de la Corporación, para el ejercicio 2005, integrado por el Presupuesto del Ayuntamiento de Monzón, de los Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles de él dependientes, junto con los anexos y documentación complementaria a que se refieren los artículos 164, 165 y 166 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el cual se expone al público por un periodo de 15 días, al objeto de que los interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas, considerándose, en lo que respecta al Presupuesto General de la Corporación, definitivamente aprobado si durante el mencionado plazo no se presentase ninguna reclamación.
Monzón, 1 de febrero de 2005.- El alcalde, Fernando Heras Laderas.
568
EDICTO
AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO
564
EDICTO
D. Fernando LACASA BRETOS, en nombre y representación de TALLERES LACASA, S.A., va a llevar a cabo la instalación y funcionamiento de la actividad de: ALMACEN DE REPUESTOS PARA AUTOMÓVILES a emplazar en Polígono Castro Romano, nave 13 de Sabiñánigo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se relacionan en el anexo adjunto, para ser notificado por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos sancionadores que en el mismo se incluyen.