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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 17/12/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 17 de Diciembre de 2021
EDICION Nº 10.747
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 17 de Diciembre de 2021
EDICION Nº 10.747
LEGISLACION, NORMATIVA
EL INSPECTOR GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO DE LA
Provincia Del Chaco DISPOSICION GENERAL N092
RESISTENCIA, 25 de Octubre de 2021.
VISTO:
Las atribuciones conferidas a esta Inspección General por el Capitulo 3º Sección 1º, Artículos 193º a 224º del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y artículo 3º, inciso E y al artículo 12º, Inciso A, de la Ley Nro. 1903-C Antes Ley Nº 6723; y CONSIDERANDO:
Que la vigencia de la Disposición General Nº 018 de fecha 17 de julio de 2014 ha permitido la constitución de un importante número de Asociaciones Civiles;
Que no obstante ello, se hace imperioso revisar los presupuestos que dieron origen a la misma a la luz de mayores exigencias en el control del lavado de activos y la necesidad de salvaguardar la seguridad jurídica como un valor a proteger por los organismos de control de personas jurídicas;
Que, complementando los términos originales de la Disposición General Nº 018/2014, se hace necesario reemplazarla por un instrumento que incorpore requisitos que aseguren en beneficio de los terceros y la comunidad la constitución y funcionamiento de verdaderas entidades comprometidas con el bien común;
Por ello:
EL INSPECTOR GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
DISPONE:
ARTICULO 1º: Las Asociaciones civiles sin fines de lucro, que soliciten personería jurídica deberán iniciar el trámite correspondiente presentando la siguiente documentación:
a Solicitar la reserva de nombre de manera online, conjuntamente con el pago de tres 3 Ítems 20- OTROS TRÁMITES PJ
- Reserva de Nombre de la tasa retributiva de servicio prevista en el artículo 39º, de la Ley Nro. 1903-C Antes Ley Nº 6723 y adjuntar la constancia emitida dentro del plazo de los 30 días de otorgada la reserva.
b Nota de solicitud de personería jurídica con el detalle de toda la documentación que se acompaña y consignando expresamente la denominación, domicilio social o legal y horario de atención de la entidad solicitante, según modelo sugerido, debidamente firmada por presidente y secretario de la entidad y, en caso de considerarlo necesario, por otra persona autorizada para realizar las gestiones administrativas, alternativa o conjuntamente con dichas autoridades, debidamente facultada para ello en el acta constitutiva. Asimismo, consignar un correo electrónico y un número de teléfono.
c Acta Constitutiva y Estatutos con firmas certificadas, por Escribano Público, Juez de Paz o por ante esta Inspección General en la que indefectiblemente deberán constar los siguientes requisitos:
1. Lugar y fecha de asamblea constitutiva. Domicilio legal y electrónico.
2. Nombres y apellidos y domicilio particular de los miembros fundadores, indicando número de documento de identidad de cada uno.
3. Manifestación expresa de la voluntad de constituir la asociación.
4. Denominación resuelta para la asociación. Debiendo adjuntar la constancia de reserva de denominación, otorgada por inspección.
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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