Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 30/09/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Miércoles 30 de septiembre de 2020

EDICION Nº 10.572

-1PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA

DIRECCION BOLETIN OFICIAL

Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Miércoles 30 de septiembre de 2020

EDICION Nº 10.572

LEGISLACION, NORMATIVA
RESOLUCION Nº 211/20
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO RESUELVE
1 Aceptar el veto parcial del Poder Ejecutivo a la sanción legislativa 3109-A, la que queda redactada de acuerdo con el anexo que forma parte de la presente.
2 Registrar la presente resolución, efectuar las comunicaciones pertinentes y oportunamente, proceder a su archivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil veinte.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3109-A
ARTÍCULO 1: Créase en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, la "Comision Parlamentaria de Condonación y/o Refinanciación de Deuda de Productores Agropecuarios", que tendrá por objeto la determinación, análisis y merituación de aquellas obligaciones contraídas por personas físicas, sus derechos habientes y en carácter de sociedades de hecho y de aquellas personas jurídicas en general, por el saldo total o parcialmente impago en las condiciones determinadas en esta norma y como provenientes de créditos, asistencias reintegrables y leasing, instrumentadas en convenios anteriores al 31 de agosto de 2019
con el Poder Ejecutivo Provincial en forma directa y/o a través de fideicomisos públicos.
ARTÍCULO 2: La Comisión Parlamentaria creada por el artículo precedente, se encontrará conformada por dos 2 representantes del Ministerio de Producción, Industria y Empleo y por los integrantes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta Legislatura. Los bloques que no tuvieran representación parlamentaria en ambas Comisiones, podrán designar un 1 representante ante las mismas.
ARTÍCULO 3: A los fines del cumplimiento de los objetivos de la misma determínase el actuar de esta Comisión Parlamentaria, a partir del 1 de marzo del año 2020, fijándose un término de sesenta 60 días, prorrogables por expresa y fundada disposición de la misma.
ARTÍCULO 4: La Comisión Parlamentaria, ajustada en la Planilla Anexa integrativa del proyecto de ley 3972/19 de esta ley, efectuará un relevamiento y revisión caso por caso de cada una de las personas que aspiren a ser beneficiadas, precisando en particular y de corresponder a cada productor como persona física, la plena condonación de las obligaciones contraídas por el mismo o bien la articulación de mecanismo de refinanciación que coadyuven a efectivizar la cancelación de la deuda en forma eficaz y en un plazo razonable.
ARTÍCULO 5: A tenor del artículo precedente, facúltase a la Comisión, a requerir todo tipo de información bancaria, registral, dominial, de entidades financieras, ante la justicia ordinaria de la Provincia del Chaco o de la Justicia Federal en el ámbito del territorio de la República Argentina, que permitan brindar información fehaciente patrimonial en cuanto a los pretensos beneficiados por esta ley.
ARTÍCULO 6: De conformidad con los plazos de vigencia y desempeño de la Comisión Parlamentaria, suspéndese en el ámbito de la Provincia del Chaco todo proceso de ejecución fiscal, bancaria y financiera por el término estipulado en el artículo 3 de la presente, a los productores agropecuarios integrativos de la planilla anexa que conforman la presente ley.
ARTÍCULO 7: La Comisión al finalizar su cometido elevará a esta Legislatura, un informe técnico en cuanto a la evaluación de los sujetos que fueron objetos de condonación y/o refinanciación.
ARTÍCULO 8: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 30/09/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha30/09/2020

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones3259

Primera edición14/07/1999

Ultima edición19/06/2026

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