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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 14/02/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes, 14 de febrero de 2020
EDICION Nº 10.483442
º
-1PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION - SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA - DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario de Legal y Técnica: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director Boletín Oficial: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Resistencia, Viernes 14 de febrero de 2020
EDICION N.º 10.48357
LEGISLACION - NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nro. 3110-A
EMERGENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
ARTÍCULO 1: Prorrógase hasta el 30 de junio de 2020, a partir de su vencimiento, la declaración de Emergencia Económica y Financiera de la Provincia del Chaco dispuesta por la ley 2425-F antes ley 7751, prorrogada por las leyes 2471-F antes ley 7825, 2558-F antes ley 7949, 2629-A, 2766-A; 2841-A y 2963-A.
ARTÍCULO 2: El Poder Ejecutivo remitirá a la legislatura, en el término de 120 días corridos a partir de la aprobación dela prórroga, un informe detallado de la implicancia de las leyes que aquí se prorrogan y de la ejecución de la ley 2444-F antes ley 7782, especificando fecha en que se tomó el crédito y condiciones, así como la aplicación de los fondos con la respectiva documentación respaldatotia.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.
Ruben Dario Gamarra Hugo Abel Sager Secretario Presidente DECRETO N 163
RESISTENCIA, 20 DIC. 2019
VISTO:
La sanción legislativa N 3.110-A; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.110-A, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo: Woelflin - Capitanich S/C
E:14/02/2020
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PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 25/19 - ACUERDO SALA I - EXPTE. 403140809-23290-E. Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad atribuible a agente alguno, por aplicación de lo normado en el Art. 60, inc. b Ley N 831 - A
ex Ley N 4159.
RESOLUCIÓN N 52/19 - ACUERDO PLENARIO N 37 - EXPTE. N 400221211-25067-E
Dispone la baja a partir del día 01 de enero de 2020, del Beneficio del Retiro Voluntario Móvil Ley N 6635, al Sr. HECTOR
ALEJANDRO SCOLARI D.N.I. N 13.592.153, otorgado por Resolución T.C. N 5/12, conforme los considerando, para acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria Móvil Art. 73 Ley N 800-H ex Ley 4044.
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.com.ar - www.chaco.gov.com.ar - Tel-Fax: 0362 4453520 - CTX 53520
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