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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 21/10/2019
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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 48 PAGINAS
RESISTENCIA, LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2019
RESOLUCIONES
PROVINCIA DEL CHACO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESOLUCION Nº 210
Resolución definitiva, del Expediente N 06/18 caratulado:
"DERKA Y VARGAS S.A. S/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD"
SENTENCIA N210
RESISTENCIA, 5 de agosto de 2019
Y VISTOS:
Los fundamentos del Acuerdo que antecede, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA;
RESUELVE:
I. HACER LUGAR a la acción instaurada por Derka y Vargas S.A., declarando la inconstitucionalidad de los artículos 206 de la Ordenanza General Tributaria y 16 de la Ordenanza General Impositiva aprobadas por Ordenanza 12540/2017 de la Municipalidad de Resistencia para el Período 2018 y consecuentemente, privarla de los efectos que hubiera surtido durante el término de su vigencia.
II. IMPONER las COSTAS a la demandada vencida, conforme los fundamentos vertidos en los Considerandos.
III. REG ULAR los honorarios del Dr. Jorge Christiani en la suma de pesos veinticinco mil $ 25.000
en su carácter de patrocinante y la suma de pesos diez mil $ 10.000 como apoderado de la parte actora. Todo ello más IVA e intereses si correspondiere. No regulándose honorarios a las Dras. Patricia Carolina Guitart y Carolina Beatriz Meiriño atento la forma de imposición de c os tas. Todo c onf orme lo dispuesto en los considerandos.
IV. REGÍSTRESE, notifíquese personalmente o por cédula. Firme que sea la presente, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
Nelida Ester Arebalo Secretaria Tecnica s/c.
E:21/10/19
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PROVINCIA DEL CHACO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESOLUCION Nº 211
Resolución definitiva, del,Expediente N 09/18 caratulado "HIERROS LIDER S.A. S/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD", SENTENCIA N211
RESISTENCIA, 5 de agosto de 2019.
y VISTOS:
Los fundamentos del Acuerdo que antecede, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA;
RESUELVE:
I HACER LUGAR a la acción instaurada por Hierros Líder S.A.,declarando la inconstitucionalidad de los artículos 206 de la Ordenanza General Tributaria y 16 de la Ordenanza General Impositiva aprobadas por Orde-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.436
nanza 12540/2017 de la Municipalidad de Resistencia para el Período 2018 y consecuentemente, privarlos de los efectos que hubieran surtido durante el término de su vigencia.
II. IMPONER las COSTAS a la demandada vencida, conforme los fundamentos vertidos en los Considerandos.
III. REGULAR los honorarios del Dr. Jorge Christiani en la suma de pesos veinticinco mil $25.000 en su carácter de patrocinarte y la suma de pesos diez mil $10.000
como apoderado de la parte actora. Todo ello más IVA e intereses si correspondiere. No regulándose honorarios a las Dras. Patricia Carolina Guitart y Carolina Beatriz Meiriño atento la forma de imposición de costas.
Todo conforme lo dispuesto en;los considerandos.
IV. REGÍSTRESE, notifíquese personalmente o por cédula. Firme que sea la presente, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.Nelida Ester Arebalo Secretaria Tecnica s/c.
E:21/10/19
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
T RIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN PLENARIA N 15/19 EXPTE. 401151013-26123-E
Hace lugar parcialmente al Recurso y ratifica la Responsabilidad de los imputados Prof. Neri Francisco Romero D.N.I. 16.320.516 ex ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, al Dr. Ricardo Eulogio Bugnart D.N.I.
11.016.246, Coordinador Ejecutivo del Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología y al Prof. Ubaldo Fabián Nuñez D.N.I. 14.930.763, ex director de Administración del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en forma solidaria, por la suma de pesos trescientos veinticuatro mil trescientos con cinco centavos $ 324.300,05, en concepto de saldo pendiente de rendición y/o reintegro.
Hace saber a los responsables que el monto de la condena deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Art. 84 de la Ley N 831A antes Ley N 4.159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de la Fiscalía de Estado, para lo cual se le dará oportuna intervención conforme al Art.
86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 16/19 - ACUERDO PLENARIO EXPTE. N 401280417-28.784-E
Hace lugar parcialmente al Recurso y ratificar la Responsabilidad del imputado, Sr. Roberto Saturnino Benítez D.N.I. 17.016.250, en su carácter de Administrador de la Administración Portuaria Puerto de Barranqueras, por la suma de pesos diecisiete mil novecientos sesenta con sesenta y nueve centavos $ 17.960,69 y la aplicación de multa por las observaciones con alcance de Reparo por pesos tres mil $ 3.000.