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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 01/09/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DR. PEDRO AUGUSTO MIRÓ
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
948.707
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Nº 17017F10
Subsecretario Director 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXI
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 24 PAGINAS
RESISTENCIA, LUNES 01 DE SEPTIEMBRE DE 2014
DECRETOS
DECRETO Nº 1470
Resistencia, 01 septiembre 2014
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día 10 de diciembre de 2015, caducan los mandatos del Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, los mandatos dé. dieciséis 16 Diputados Provinciales y de todos los Intendentes y Concejales Municipales;
Que la Ley Electoral Provincial N 4.169 -t.v-, en sus Artículos N 47 y 48, y la Ley N 7.141 en su Artículo 3, faculta al Poder Ejecutivo a convocar elecciones en los casos y tiempos determinados por la Constitución Provincial o la Ley que con arreglo a la misma rige la materia;
Que conforme el Artículo 2 de la Ley N 7.141, las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias se efectuarán en forma simultánea en todo el territorio de la Provincia, en un solo acto eleccionario por voto secreto y obligatorio, en el cual todas las agrupaciones políticas deberán seleccionar sus candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales;
Que asimismo resulta procedente invitar a los Municipios de la Provincia del Chaco a unificar la fecha de las elecciones comunales con las que se determinan en el presente Decreto para las elecciones generales;
Que por lo expuesto y de conformidad a las prescripciones de las Ley Provinciales N 4.169 t.v.- y N
7.141, resulta procedente el dictado del presente instrumento;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO
DECRETA:
Artículo 1: Convócase al electorado de la Provincia del Chaco para el día 8 de marzo de 2015, a las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias a fin de elegir los candidatos a Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, los candidatos a Diputados Provinciales y los candidatos a Intendentes y Concejales Municipales de todo el territorio provincial.
Artículo 2: La convocatoria a elección dispuesta por el Artículo precedente se realizará de acuerdo a lo previsto en la Ley Provincial N 7.141.
Artículo 3: Convócase al electorado de la Provincia del Chaco, para el día 20 de septiembre de 2015, a los fines de elegir Gobernador y Vicegobernador de la Provincia.
Artículo 4: Convócase al electorado de la Provincia del Chaco, para elegir el día 18 de octubre de 2015, si correspondiere, en segunda vuelta electoral, Gobernador y Vicegobernador de la Provincia.
Artículo 5: Convócase al electorado de la Provincia del Chaco para el día 20 de septiembre de 2015, a los fines de elegir dieciséis 16 Diputados Provinciales.
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.686
Artículo 6: Invitase a los Municipios de la Provincia del Chaco a unificar sus respectivas elecciones comunales el día 20 de septiembre de 2015.
Artículo 7: La elección de los cargos provinciales se realizará de acuerdo a la Ley Provincial N 4.169 y el sistema electoral será el establecido en el Título VII, Capítulo I y II de dicha Ley.
Artículo 8: Dése cumplimento a lo normado por el Artículo 3 de la Ley Provincial N 3.081.
Artículo 9: Póngase en conocimiento el presente Decreto, del Ministerio del Interior, del señor Juez Federal con Competencia Electoral y del señor Presidente del Tribunal Electoral Provincial.
Artículo 10: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Bacileff Ivanoff / Oteo Albiñana s/c.
E:1/9/14
DECRETOS SINTETIZADOS
922-06/06/14
RECHÁZASE el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por la señora Mirtha Mabel Almirón, DNI N
16.217.659, contra la Resolución N 0204/13 del Instituto de Colonización.
923-06/06/14
RECHÁZASE el Recurso Jerárquico interpuesto subsidiariamente por el señor Francisco Biskup, DNI N
12.507.808, contra la Resolución N 0010/12 del Instituto de Colonización.
924-06/06/14
RECHÁZASE por improcedente el Recurso de Apelación en subsidio interpuesto por la empresa La Comercial del Norte S.A. contra la Resolución Interna N 450/07 de la ex Dirección General de Rentas actual Administración Tributaria Provincial; y Requerimiento 5 Días N 222/07.
925-06/06/14
RECHÁZASE por improcedente el Recurso de Apelación en subsidio interpuesto por la señorita Viviana Catalina Shtefec, DM N 20.448.512, contra la Resolución Interna N 162/06 de la ex-Dirección General de Rentas actual Administración Tributaria Provincial.
926-06/06/14
DECLÁRASE mal concedido el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el señor Mauricio P. Robledo, DNI
N 5.728.355, contra la Resolución N 0071/11 de la Dirección de Vialidad Provincial y en consecuencia, deniégase el mismo por resultar formalmente inadmisible.
927-06/06/14
NO HACER lugar al Recurso de Reconsideración impetrado por el Oficial Principal de Policía Juan Carlos Chejolan, DNI
N 20.451.010, contra el Decreto Nº 4339/08.
928-06/06/146/14
NO HACER Lugar al Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Emilio Miguel Villordo, DM N 14.779.156, contra la Resolución N 1137/12 del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad.