Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/01/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Franqueo a pagar Registro de la 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
CASA DE GOBIERNO
Cuenta 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
948.707
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Director: JULIO RENE SOTELO
Nº 17017F10
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Correo Oficial
Boletín Oficial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXI
EDICION 12 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, LUNES 06 DE ENERO DE 2014

EDICION N 9.592

LEYES

DECRETOS SINTETIZADOS

LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7342
ARTÍCULO 1: Declárase en estado de disolución y liquidación el ente autárquico de derecho público no estatal Fiesta Nacional del Algodón, en adelante el Ente, con el objeto de lograr su reestructuración administrativa y patrimonial.
ARTÍCULO 2: Encomiéndase al Poder Ejecutivo que a través de la persona o área que al efecto designe y con la participación de la Dirección de las Personas Jurídicas, la liquidación del Ente, cuyos pasivos, créditos litigiosos y toda clase de obligación contraída durante la vigencia de la ley 3708 y su modificatoria 4624, serán afrontados por la Jurisdicción 38: Obligaciones a Cargo del Tesoro.
ARTÍCULO 3: Créase la comisión de seguimiento del proceso de liquidación del Ente, que estará integrada por tres 3 miembros designados por el Poder Ejecutivo, la cual cesará en sus funciones a la finalización del proceso de liquidación, ARTÍCULO 4: La comisión tendrá las siguientes funciones:
a Informar sobre el proceso de liquidación, y la documentación respaldatoria elevada.
b Elevar el inventario confeccionado por los liquidadores en el marco de la normativa legal vigente en la materia y en los plazos previstos por las mismas.
c Informar toda resolución que tomen los liquidadores exigidas por la reglamentación vigente sobre el estado de avance de la liquidación.
d Producir informes en plazos no superiores a tres 3 meses sobre el estado del proceso.
ARTÍCULO 5: El órgano administrador del Fondo Residual, deberá elevar en forma trimestral un informe detallado al Poder Legislativo sobre la evolución y resultado de su gestión.
ARTÍCULO 6: Derógange la ley 3708 y su modificatoria 4624.
ARTÍCULO 7: Facúltase a las autoridades de la comisión Fiesta Nacional del Algodón, para actuar en carácter de organizadores en la creación de una asociación civil sin fines de lucro, cuyos objetivos serán la organización y realización del evento anual Fiesta Nacional del Algodón, así como toda otra actividad que surja del acta fundacional.
ARTÍCULO 8: El personal dependiente del ente autárquico de derecho público no estatal Fiesta Nacional del Algodón, mantendrá las condiciones laborales y los derechos previsionales, los que serán garantizados por la Asociación Civil sin fines de lucro que por esta ley se crea.
ARTÍCULO 9: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los once días del mes de diciembre del año dos mil trece.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Dario Augusto Bacileff Ivanoff, Presidente s/c.
E:6/1/14

51 21/1/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Esc.
Juan Manuel Pedrini.
109 24/1/13
A PARTIR del día de la fecha y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Salud Pública, el señor Ministro de Planificación y Ambiente, Ing. Agr.
Raúl Oscar Codutti.
110 25/1/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el Sr. Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Esc. Juan Manuel Pedrini.
111 25/1/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el Sr. Ministro de Salud Pública, Dr. Antonio María Morante.
159 1/2/13
A PARTIR de las 21:30 horas del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Esc. Juan Manuel Pedrini.
161 4/2/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Producción, Dr. Enrique Roberto Orban.
162 4/2/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Industria, Empleo y Trabajo, Lic. Juan Sebastián Agostini, 219 18/2/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Salud Pública, Dr. Antonio María Morante.
220 18/2/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Sergio Daniel Soto.
245 27/2/13
A PARTIR del día de la fecha, y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, el señor Ministro de Industria, Empleo y Trabajo, Lic. Juan Sebastián Agostini.
246 27/2/13
A PARTIR del día de la fecha y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, el señor Ministro de Producción, Dr. Enrique Roberto Orban.
403 18/3/13
A PARTIR del día de la fecha, y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Producción, el señor Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, Ing. Omar Vicente Judis.
404 18/3/13
A PARTIR del día de la fecha, y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, Esc. Juan Manuel Pedrini.
415 20/3/13
A PARTIR del día de la fecha, reasume sus funciones, el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Sergio Daniel Soto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/01/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha06/01/2014

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3257

Primera edición14/07/1999

Ultima edición12/06/2026

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