Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 08/08/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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Franqueo a pagar 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
SECRETARIAGENERAL DE LA GOBERNACION
Registro de la 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234
Cuenta N 17.100
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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Propiedad Intelectual Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
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S.C. G.
Director: Dr. ANTONIO LUIS MARTÍNEZ
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Correo Privado Postal
Boletín Oficial
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527

AÑO LI
EDICION 24 PAGINAS

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
RESISTENCIA, LUNES 08 DE AGOSTO DE 2005

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
TRIBUNAL DE CUENTAS
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN Nº 16/05 Acuerdo Plenario EXPTE. Nº 401150305 19.503 - E
Exceptúa al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 27 de las Normas aprobadas por Resolución T.C. N 40/03, para la Rendición de Cuentas de los gastos de Comedores Escolares y Sostenimiento Escolar efectuados por los establecimientos educativos dependientes de ese Organismo. El obligado a rendir cuenta ante este Tribunal de Cuentas deberá documentar la rendición de las erogaciones mencionadas en el Artículo 1º, con los.
siguientes comprobantes: 1- Orden de Pago o de Anticipo de Fondos. 2- Nota de Débito por medio de la cual se transfieren los fondos a las Cajas de Ahorro habilitadas para cada escuela y Nota de Crédito o Certificación Bancaria donde conste la acreditación de los fondos en cada Cuenta y 3- Declaración Jurada confeccionada por el establecimiento beneficiario de los fondos, en la que deberá constar:
a Nombre del Establecimiento beneficiario de los fondos;
b Domicilio;
c Nombre y Número de Caja de Ahorro donde se acreditan los fondos; d Fecha e importe recibido y/
o acreditado;
e Detalle de los gastos efectuados, consignando fecha, nombre del proveedor, naturaleza o concepto del gasto e importe;
f Monto Total Rendido y Saldo a Reintegrar, si hubiere, con indicación de si se procedió a su reintegro.
g Firma del Director, previa manifestación de que la documentación que respalda la declaración jurada se encuentra debidamente ordenada a disposición del Tribunal de Cuentas;
h Certificación del Supervisor de la Escuela de que ha verificado la rendición y coincide con los datos consignados por la Dirección.
En el caso de rendiciones de fondos con destino a Comedores Escolares, la información a suministrar en el punto e de la Declaración Jurada, deberá incluir además la cantidad de alumnos a quienes se prestó el servicio, número de días en que fueron atendidos, importe asignado a cada ración y total gastado.
La responsabilidad de la Rendición y custodia de la documentación respaldatoria de los gastos de Sostenimiento Escolar y Comedores Escolares estará a cargo del Director de cada establecimiento escolar.
RESOLUCIÓN N 17/05 Acuerdo Plenario EXPTE. N 400050705-19.735-E
Acepta a partir del día 1 de agosto de 2005, la renuncia presentada por el señor RICARDO TRONCHA D.N.I.N
4.557.969, categoría - Jefe de Departamento -

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.360

Supervisor - porcentaje 46% - C.E.I.C. 3-26-0, para acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria Móvil - Art. 73 - Ley N 4044.
RESOLUCIÓN N 30/05 Sala II
EXPTE. N 402120203-17.846-E
Aprueba la Rendición de Cuenta de la Municipalidad de El Sauzalito - Ejercicio 2003.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45, inc. a de la Ley N 4159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Devuelve a la Municipalidad de El Sauzalito, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
RESOLUCIÓN N 31/05 Sala II
EXPTE. N 402040304-18.680-E
Aprueba la Rendición de Cuenta de la Municipalidad de Samuhú - Ejercicio 2004.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el artículo 45, inc. a de la Ley N 4159 Orgánica del Tribunal de Cuentas.
Devuelve a la Municipalidad de Samuhú, los libros y las documentaciones objeto del presente estudio.
RESOLUCIÓN N 43/05 Sala I
EXPTE. N 403190405-19.594-E
Declara inadmisible por improcedente el Recurso de Revisión interpuesto por el Dr. ROLANDO IGNACIO
TOLEDO.
Tiene presente la defensa de caducidad art. 71 de la Ley 4159 para el momento del fallo.
Tiene presente la reserva de derechos formulada en orden a los recursos extraordinarios previstos en la Ley.
RESOLUCIÓN N 46/05 Sala I
EXPTE. N 401150305-19.508-E
Da intervención al Area Juicio Administrativo de Responsabilidad para su dilucidación, respecto de la suma de Siete mil novecientos cuarenta y cinco pesos con 72/100 $ 7.945,72 sin perjuicio de lo que en más o en menos pudiera resultar del procedimiento establecido en los Artículos 55, 60 y concordantes de la Ley N
4.159; y libera de responsabilidad contable, en esta cuestión, y por las resultas del presente Juicio de Cuentas a la Sra. Norma Elma Zárate García.
Dr. Damián Servera Serra Secretario s/c E: 08.08.05 V: 12.08.05
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MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y TRABAJO
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCION N 528 de fecha 12.07.2005.
ARTICULO 1: NO HACER LUGAR al Recurso de Jerarquico, deducido por el Oficial Ayudante de Policía OSCAR VILAQUI, D.N.I. N 14.227.410 -Mcontra la Disposición N 1969 dictada en fecha 27.11.2004 por la Jefatura de Policía, por las consideraciones expuestas en la presente.RESOLUCION N 529 de fecha 12.07.2005.
ARTICULO 1: DISPONER el cese en sus funciones por RETIRO OBLIGATORIO, a partir del día siguiente de su

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 08/08/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha08/08/2005

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3254

Primera edición14/07/1999

Ultima edición05/06/2026

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