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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 17/7/2024
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 138
Miércoles, 17 de julio de 2024
Página 2
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A LG ARROBO
A n u n cio El Pleno de este Ayuntamiento de Algarrobo, en sesión ordinaria celebrada el 25 de abril de 2024, ha acordado aprobar con carácter provisional la modificación de la siguiente ordenanza:
Finalizado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobado dicho acuerdo y se publica el texto íntegro del reglamento, entrando en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.
Modificación en los siguientes términos:
CAPÍTULO V
Cuota tributaria La cuota tributaria será una cantidad fija que se determinará atendiendo a la naturaleza del servicio que se preste y a la clase de vehículo que se retire de la vía pública.
A.Servicio de retirada de vehículos 1. Retirada de un vehículo con la grúa municipal, particular o privada incluido vehículos abandonados en la vía pública, se abonará un importe de 68,60 euros. Se cobrará, además de esta tarifa normal, el coste de los gastos efectivos de los medios extraordinarios que, en su caso, sean necesarios emplear.
2. Por la retirada de cada motocicleta, ciclomotor o bicicleta se abonará un importe de 49,59 euros.
B.Servicio de desenganche La retirada del vehículo se suspenderá en el acto si el conductor u otras personas autorizadas comparecen y adoptan las medidas convenientes.
En este caso, las cuotas a satisfacer serán las siguientes:
1. Vehículos automóviles: 46,28 euros.
2. Vehículos abandonados: 46,28 euros.
3. Motocicletas, ciclomotores o bicicletas: 20 euros.
C. Servicio de estancia en el depósito o garaje municipal Los vehículos retirados de la vía pública por medio de grúa devengarán por cada día o fracción de estancia en garaje:
1. Por vehículos automóvil, furgoneta y análogos: 10 euros.
2. Por motocicleta y análogos: 5 euros.
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE RETIRADA
DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Y TRASLADO AL DEPÓSITO MUNICIPAL DE
VEHÍCULOS