Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/11/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 5 de noviembre de 2021

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la colaboración del Ayuntamiento de Archidona en todas las publicaciones, carteles, documentación impresa, e indumentaria oficial de competición, en caso de haber obtenidos subvención en la anterior convocatoria.
6. Memoria justificativa, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos contenido mínimo según anexo X.
Artículo 7. Plazo de presentación Las subvenciones se concederán previa convocatoria que será realizada mediante decreto de Alcaldía, publicándose en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga remitido por la propia BDNS. Si no se indicase nada en la convocatoria el plazo será de veinte días naturales, entendiéndose prorrogado al primer día hábil siguiente si el último día del plazo fuese inhábil.
Artículo 8. Subsanación de errores en las solicitudes En consonancia con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días, contados a partir de la recepción de la notificación, complete la documentación o subsane los errores de la misma, con advertencia de que si así no lo hiciera se tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos prevenidos en el artículo 21 del mismo texto legal.
Artículo 9. Órganos competentes y resolución 1. Se constituirá una comisión de valoración presidida por la persona que ocupe la Concejalía de Deportes, o persona en quien delegue, la persona que ocupe la dirección técnica deportiva del Ayuntamiento, la persona que ejerza la gestión de subvenciones, actuando como Secretario un funcionario del Ayuntamiento.
2. La comisión de valoración evaluará las solicitudes presentadas teniendo en cuenta los criterios y los baremos que figuran en el artículo 14. Aquellos aspectos, dudas o incidencias que no queden desarrollados de manera explícita en estas bases, serán resueltos por la comisión de valoración. Los datos a baremar corresponderán a las actividades del año de la convocatoria o temporada correspondiente, indicada en la convocatoria.
3. La comisión de valoración realizará el procedimiento de asignación de la puntuación a cada club solicitante según la documentación aportada. En función de la puntuación se determinará la cuantía económica correspondiente a cada entidad solicitante. Para ello, se dividirá el importe total destinado a la convocatoria por la puntuación total obtenida por todos los solicitantes, asignando un importe a cada solicitud proporcional a la puntuación obtenida. En ningún caso se subvencionará a ningún club con más del 50 % del presupuesto de gastos acreditados; el exceso que le pudiera corresponder se repartirá proporcionalmente entre el resto de clubes.
4. La comisión de valoración elaborará y presentará la propuesta de resolución debidamente motivada al/la titular de la Concejalía de Deportes, debiendo ser notificada a las entidades deportivas en el plazo de quince días. La propuesta incluirá dos relaciones separadas, una primera con las entidades a subvencionar, y una segunda con las que hayan sido inadmitidas o para las que se proponga la denegación de subvención con expresión de la causa que lo motive.
5. Dicha propuesta será notificada a los interesados confiriéndoles un plazo de diez días a efectos de alegaciones. Examinadas las alegaciones aducidas, se formulará propuesta de resolución definitiva por la persona titular de la Concejalía de Deportes, y la persona titular de la Alcaldía Presidencia dictará resolución en un plazo máximo de quince días a contar desde la elevación de dicha propuesta.
6. El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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Número 211

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/11/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha07/11/2021

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones6054

Primera edición15/01/2001

Ultima edición19/03/2026

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