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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 30 de julio de 2021
Página 18
Sección 3. Funciones Artículo 10
1. El ámbito de actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Villanueva del Rosario es este término municipal, teniendo como finalidad:
a Colaboración en la elaboración y mantenimiento del Plan de Emergencia Municipal.
b La previsión y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe extraordinaria o calamidad pública.
c La protección y socorro de las personas y los bienes cuando dichas situaciones se produzcan.
d El establecimiento de la normalidad en el área afectada tras la aparición de dichas situaciones.
e Actuar en cuantos eventos organice un organismo público o privado, debiendo solicitarlo en los plazos previamente establecidos.
f Apoyo a los servicios de emergencias profesionales en caso de emergencias o de dispositivos ante situaciones de riesgo previsible.
g Fomentar la información de prevención de riesgos entre las personas.
2. La actuación fuera del término municipal sólo podrá realizarse previa autorización del Ayuntamiento, y previa comunicación, con posterioridad a la autorización, al órgano competente en la materia de emergencias y Protección Civil de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de Málaga, en los siguientes supuestos:
a Cuando lo requiera la máxima autoridad en materia de emergencias y Protección Civil de una entidad local en caso de emergencia.
b Cuando lo requiera la persona titular de la dirección de un plan de emergencia.
c Cuando lo requiera la entidad pública competente en la organización del dispositivo de Protección Civil de un determinado evento.
d Cuando así se establezca en cualquiera de los instrumentos de colaboración administrativa que pueda existir de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen local, estatal y autonómica.
Artículo 11
1. La actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Villanueva del Rosario se centrará de forma permanente y regularizada, en el campo preventivo y operativo de la gestión de emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, conforme a lo previsto en los planes territoriales y/o especiales de emergencias.
2. Sólo en los casos de emergencias podrá ser utilizada como apoyo auxiliar en tareas de intervención ante accidentes o siniestros.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, mediante la acción voluntaria no se podrán reemplazar actividades que estén siendo desarrolladas por medio de trabajo remunerado o servir para eximir a las administraciones públicas andaluzas de garantizar a la ciudadanía las prestaciones o servicios que estos tienen reconocidos como derechos frente a aquellas.
Artículo 12
En coherencia con su finalidad y organización, algunas de las funciones que podría desarrollar la agrupación son:
a En el marco de la prevención:
i. Estudios de riesgos de la localidad, preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
CVE: 20210730-06255-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 146