Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 5 de febrero de 2021

Página 3

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Sala de lo Social. Málaga Negociado: VE.
Recurso: Recurso de suplicación 1385/2020.
Juzgado origen: Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga.
Procedimiento origen: Despidos/ceses en general 757/2019.
Recurrente: María Isabel Lorente García.
Representante: Antonio Muñoz Centella.
Recurridos: Ministerio Fiscal, Centro Iniciativa Turística Sierra de las Nieves y Ayun tamiento de Ojén.
Representante: S. J. Serv. Asist. EELL Prov. Málaga SEPRAM.
Edicto Doña Sofía Duarte Domínguez, Letrada de la Administración de Justicia de Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Certifica: En el recurso de suplicación 1385/2020, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
Ilustrísimo señor don Francisco Javier Vela Torres, Presidente; ilustrísimos señores don José Luis Barragán Morales y don Manuel Martín Hernández Carrillo.
En la ciudad de Málaga, a 16 de diciembre de 2020.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, compuesta por los ilustrísimos señores citados al margen y, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente:
Sentencia 2129/20.
En el recurso de suplicación interpuesto por María Isabel Lorente García contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga, ha sido ponente el ilustrísimo señor don Francisco Javier Vela Torres.
Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por María Isabel Lorente García contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga, con fecha 20 de marzo de 2020, en autos sobre despido seguidos a instancias de dicha recurrente contra el Ayuntamiento de Ojén y el Centro de Iniciativas Turísticas Sierra de las Nieves, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, revocando la sentencia recurrida para calificar el cese de la actora como un despido improcedente, condenando al Ayuntamiento de Ojén a optar, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión de la trabajadora en su condición de indefinida no fija, con abono de los correspondientes salarios de tramitación, o el pago de una indemnización cifrada en la cantidad de 7.546,08 euros. Se mantiene el pronunciamiento absolutorio del Centro de Iniciativas Turísticas Sierra de las Nieves.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la sala cuarta del Tribunal Supremo, el que deberá prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo, durante cuyo plazo se encontraran los autos a su disposición en esta sede judicial para su examen.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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Número 24

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha07/02/2021

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones5545

Primera edición15/01/2001

Ultima edición26/05/2024

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