Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 27 de septiembre de 2019

Página 2

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 7 DE MÁLAGA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 1236/2017.
Negociado: 6.
Sobre obligaciones.
De Chirivo Construcciones, Sociedad Limitada.
Procurador: Don Pedro Ballenilla Ros.
Letrada: Doña Beatriz Fonseca Alcaraz.
Contra Obsido Group, Sociedad Limitada.
Edicto de notificación de sentencia En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Sentencia número 288/2018.
En Málaga, a 12 de noviembre de 2018.
Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia número siete de Málaga, los presentes autos de juicio ordinario número 1236/2017, seguidos a instancias de Chirivo Construcciones, Sociedad Limitada, representada por el procurador don Pedro Ballenilla Ros y dirigido por la letrada doña Beatriz Fonseca Alcaraz, contra Obsido Group, Sociedad Limitada, declarada en rebeldía.
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda de juicio ordinario promovida por el procurador de los tribunales y de Chirivo Construcciones, Sociedad Limitada, frente a Obsido Group, Sociedad Limitada:
1. Se declara la resolución contractual del contrato de obra de fecha 15 de julio de 2014
entre la entidad Chirivo Construcciones, Sociedad Limitada y la entidad demandada, Obsido Group, Sociedad Limitada.
2. Se declara la obligación de pago de las cantidades de obra ejecutadas y no pagadas por parte de la entidad Obsido Group, Sociedad Limitada, para con la mercantil Chirivo Construcciones, Sociedad Limitada, por la cuantía ascendente a ciento cincuenta y seis mil ciento veinticuatro euros con setenta y seis céntimos 156.124,76 euros, condenándola al pago de la misma con cargo a sus bienes y derechos.
3. Se declara la obligación de pago en concepto de daños y perjuicios, determinados contractualmente para la resolución contractual, y que se determinan en mil ochocientos sesenta y nueve euros con noventa y un céntimos 1.869,91 euros.
4. Se declara la obligación del pago de los intereses legales.
5. Y ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna artículo 458 LEC.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander número 2958, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la disposición
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Número 185

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha29/09/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones5524

Primera edición15/01/2001

Ultima edición27/03/2024

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