Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 167

Lunes, 2 de septiembre de 2019

Página 33

Artículo 8. Sanciones Las infracciones indicadas en el artículo 7.3 a de esta ordenanza serán sancionadas con multa de 100 euros según el artículo 75 c y 80.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial.
Las infracciones indicadas en el artículo 7.3 b de esta ordenanza serán sancionadas según la normativa de tráfico, vehículos a motor y seguridad y según el cuadro de infracciones que ordena el tipo, calificación y cuantías de las multas correspondientes a las infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial aprobado por el órgano municipal competente en materia de tráfico, que se encuentren en vigor en el momento de cometer la infracción.
Artículo 9. Retirada y depósito del vehículo Se procederá a la retirada y depósito del vehículo con la grúa municipal, cuando algún vehículo permanezca en el recinto una vez finalizado el periodo de estacionamiento autorizado y se haya cerrado el recinto.
Igualmente, se procederá a la retirada y depósito del vehículo, cuando se produzca alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 105 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial.

A partir de la entrada en vigor de la presente ordenanza, quedan derogadas cuantas normas municipales de igual o inferior rango que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo regulado en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL

Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, una vez aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Torremolinos, a 14 de agosto de 2019.
El Alcalde-Presidente, firmado: José Ortiz García.
6069/2019
D

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha02/09/2019

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones5534

Primera edición15/01/2001

Ultima edición21/04/2024

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