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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/9/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 24 de septiembre de 2014
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA
Y MEDIO AMBIENTE EN MÁLAGA
INFORME DE VALORACIÓN AMBIENTAL DEL PLAN ESPECIAL DE DOTACIONES PARA AMPLIACIÓN DE INDUSTRIA HORTOFRUTÍCOLA EN FINCA
LA CAPELLANÍA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VÉLEZ-MÁLAGA
MÁLAGA, PROMOVIDO POR JOSÉ LUIS MONTOSA, SOCIEDAD LIMITADA. EA/MA/01/13. EXPTE. DPA: 007/2013.
Conforme a lo previsto en el Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y según el procedimiento establecido por el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, se formula el presente informe de valoración ambiental sobre el documento del Plan Especial de dotaciones para ampliación de industria hortofrutícola en Finca La Capellanía.
1. Objeto del informe de valoración ambiental El documento de este Plan Especial contempla la ampliación de un Centro de Manipulación Hortofrutícola preexistente situado en la Finca La Capellanía, en el término municipal de Vélez-Málaga, pretendiendo la legalización de una serie de usos y la autorización de nuevas construcciones.
De acuerdo a lo dispuesto en el acuerdo de aprobación inicial de este Plan Especial, en el artículo 397 del Plan General de Ordenación Urbanística PGOU de Vélez-Málaga viene regulado que las actividades que superen los 1.000 m2 requerirán de un Plan Especial de Dotaciones, como es el caso que nos ocupa.
Al tratarse de un Plan Especial que afecta a Suelo No Urbanizable, debe ser sometido a Evaluación Ambiental de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental por encontrarse en el epígrafe 12.5 del anexo I de la citada Ley.
En el anexo I del presente Informe Previo, se describen las características básicas del Plan Especial. En el anexo II, se resumen las características del estudio ambiental. Por último, en el anexo III, se resume el resultado del periodo de información pública de la documentación aportada del Plan Especial.
2. Tramitación Con fecha 17 de julio de 2012, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vélez-Málaga acuerda la Aprobación Inicial del Plan Especial de Dotaciones para ampliación de industria hortofrutícola en Finca La Capellanía, en el término municipal de Vélez-Málaga, realizándose la información pública del mismo mediante publicación en Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 208, de fecha 29 de octubre de 2012, en el diario Málaga Hoy de fecha 24 de octubre de 2012 y en el tablón de edictos municipal desde el 19 de octubre al 20
de noviembre de 2012, tal y como certifica, con fecha 10 de diciembre de 2012, el Jefe del Servicio Jurídico de Planeamiento, Gestión, Patrimonio y Régimen Interior de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vélez-Málaga actuando en funciones de Secretario por Delegación.
Con fecha 18 de enero de 2013 tiene entrada en esta Delegación Territorial el documento del Plan Especial de dotaciones para ampliación de industria hortofrutícola en Finca La Capellanía, incluyendo Estudio de Impacto Ambiental, solicitando emisión de informe previo de valoración ambiental, del que se requiere subsanación documental con fecha de acuse de recibo 29 de abril de 2013, que es aportada con fecha de registro de entrada 9 de julio de 2013.
Con fecha de acuse de recibo 19 de septiembre de 2013 se remite al Ayuntamiento de Vélez-Málaga informe previo de valoración ambiental IPVA, que estima viable el Plan Especial a los solos
Número 182
efectos ambientales condicionado al cumplimiento de una serie de determinaciones.
El Ayuntamiento de Vélez-Málaga, con fecha de registro de entrada 26 de febrero de 2014 remite a esta Delegación Territorial, copia del acuerdo de Aprobación Provisional del Plan Especial de Dotaciones para ampliación de industria hortofrutícola en Finca La Capellanía, en el término municipal de Vélez-Málaga, adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada con fecha 3 de febrero de 2014, así como documentación diligenciada del citado Plan Especial.
3. Consideraciones sobre la documentación urbanística y ambiental El presente Plan Especial constituye el documento técnico que define las infraestructuras a llevar a cabo en relación con la ampliación de un Centro de Manipulación Hortofrutícola, promovido por José Luis Montosa, Sociedad Limitada en Finca La Capellanía, en el término municipal de Vélez-Málaga.
3.1. RESPECTO A LOS VALORES NATURALES EXISTENTES
La zona de la actuación no se ubica en ninguna zona propuesta como Lugar de Interés Comunitario LIC, así como tampoco afecta a Espacios Naturales protegidos, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, y el Decreto 15/2011, de 1 de febrero, por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales y se aprueban medidas de agilización de procedimientos administrativos.
Asimismo, el área de estudio no afecta a montes inscritos en el Catálogo de Montes de Andalucía, de acuerdo con la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, no existe afección a Hábitats de Interés Comunitario, Puntos de Interés Geológico ni a elementos de flora y fauna amenazada.
3.2. SOBRE EL AGUA SUPERFICIAL Y SUBTERRÁNEA
3.2.1. DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO Y SUS ZONAS DE PROTECCIÓN
El ámbito sobre el que se va a llevar a cabo este Plan Especial limita con el arroyo Marín al este y al sur, constatándose que se localiza en zona de servidumbre y zona de policía del citado arroyo.
El informe de la Secretaría General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Aguas de fecha 4 de abril de 2014, en relación con el Dominio Público Hidráulico y sus zonas de protección pone de manifiesto que:
El solicitante aporta como anexo 4 del Proyecto, el Estudio Hidrológico-Hidráulico H-H para un periodo de retorno de 10 años; no obstante, los datos obtenidos en comprobación paralela son mayores para los mismos valores de cuenca de proyecto:
Q10 m3/S: 4.95
Q10 comprobación m3/S: 9.11
Se considera que, debido a las diferencias en cuanto al umbral de escorrentía empleado en los cálculos, los caudales obtenidos son inferiores a los obtenidos en comprobación paralela, por lo que los resultados de caudal de proyecto no se consideran correctos.
Del mismo modo, se considera que las características de las cuencas aportadoras no se han presentado en formato que sea comprobable.
3.2.2. DISPONIBILIDAD
DE RECURSOS HÍDRICOS E INFRAESTRUCTURAS
DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA
La dotación de agua que precisa esta actividad es de 37.843 m3
anuales caudal máximo instantáneo de 1,20 l/s, de acuerdo a lo declarado en el apartado 2.b Análisis de necesidades y disponibilidad de recursos hídricos del anexo al Estudio de Impacto Ambiental.
En cuanto al ciclo integral del agua, no se requieren nuevas conexiones, ya que las redes que precisa la actuación ya existen. Se adjunta